Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2000 (10/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 10 de octubre de 2000

1263-2000-JNE, el Jefe del organismo electoral en referencia consulta si, concluido el tramite respectivo, dichos expedientes pueden ser acumulados al MORDAZA de consulta popular de revocatoria las iniciativas en tramite; CONSIDERANDO: Que la revocatoria del mandato municipal de alcaldes y de regidores es un derecho de control ciudadano consagrado en los Articulos 2º, numeral 17), y 31º de la Constitucion Politica, que se encuentra regulado en la Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos Nº 26300, como un MORDAZA electoral de consulta popular; y, que es de competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones admitir las solicitudes de revocatoria del mandato de autoridades municipales que cumplan con los requisitos formales de procedencia, a fin de convocar a consulta electoral de revocatoria dentro de los noventa (90) dias siguientes de solicitada formalmente, de conformidad con lo establecido en los Articulos 8º y 21º de la ley citada; Que mediante Resolucion Nº 1237-2000-JNE de fecha 14 de setiembre del 2000, se convoco para el dia MORDAZA 26 de noviembre del presente ano a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales correspondiente a 51 concejos distritales de la Republica; y, que, posteriormente, con fecha 6 de octubre del 2000 mediante Resolucion Nº 1263-2000-JNE, se ha convocado a su vez para la consulta popular del MORDAZA 26 de noviembre, el pedido de revocatoria del mandato de autoridades municipales correspondientes a 74 nuevos concejos distritales de la Republica; Que para la convocatoria de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, es necesario ejecutar de manera secuencial y oportuna las siguientes actividades: instalacion y funcionamiento de los Jurados Electorales Especiales y de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; elaboracion y aprobacion del padron electoral respectivo; conformacion de las mesas de sufragio asi como la designacion y capacitacion oportuna de sus miembros, y la confeccion, impresion y distribucion del material electoral a utilizarse, entre otras actividades; y, atendiendo a que se encuentra en tramite la elaboracion de los presupuestos de los organismos del Sistema Electoral para atender el MORDAZA electoral de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, asi como la aprobacion de los presupuestos y asignacion de los fondos pertinentes por parte del Ministerio de Economia y Finanzas; y, Que debe tenerse en cuenta, asimismo, que se encuentra en tramite en la Oficina Nacional de Procesos Electorales la verificacion y aprobacion del requisito de MORDAZA de firmas de adherentes de otros pedidos de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales no comprendidos en la convocatoria de la consulta popular de revocatoria para el dia 26 de noviembre del 2000; y, estando a que el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado a acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta, de conformidad con lo previsto en el Articulo 46º de la Ley Nº 26300; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones constitucionales; RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Articulo primero de las Resoluciones Nºs. 1237 y 1263-2000-JNE, en la parte que senalan el dia MORDAZA 26 de noviembre del 2000 como fecha de realizacion de la consulta popular convocada de revocatoria del mandato de autoridades municipales. Articulo Segundo.- Fijar como fecha de realizacion de la consulta popular de revocatoria del mandato de las autoridades municipales de la Republica, convocada mediante las Resoluciones Nºs. 1237 y 1263-2000-JNE, el dia MORDAZA 17 de diciembre del presente ano. Articulo Tercero.- Autorizar la admision a tramite de las iniciativas de revocatoria del mandato de autoridades municipales que la Oficina Nacional de Procesos Electorales eleve al MORDAZA Nacional de Elecciones, hasta las 16:00 horas del dia martes 24 de octubre proximo, a fin de que MORDAZA acumuladas al MORDAZA de consulta popular senalada mediante la presente resolucion; siempre y cuando cumplan con los requisitos formales de procedencia. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la presente resolucion, para los fines consiguientes, coordinaciones y consultas pertinentes.

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11586

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Amplian alcances de resoluciones referidas a casos de delitos de peculado, malversacion de fondos y otros conexos que conoceran magistrados de fiscalias provincial y superior en lo penal de MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 703-2000-MP-CEMP MORDAZA, 9 de octubre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 844-00-MP-FN-16º FPPEL y la Resolucion de fecha 9 de octubre del 2000, expedida por la Decima Sexta Fiscalia Provincial en lo Penal Transitoria Especializada, remitiendo el expedientillo con Ingreso Nº 844-00 de fs. 01 a 16; por razones de servicio y en atencion al contenido de la mencionada Resolucion; y estando al Acuerdo Nº 7922 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejandose MORDAZA que la senorita doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino, Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, se encuentra en comision de servicios; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar los alcances de la Resolucion Nº 314-2000-MP-CEMP de 10 de MORDAZA del 2000, con el objeto de que la Fiscal encargada del Despacho de la Decima Sexta Fiscalia Provincial en lo Penal Transitoria Especializada, conozca tambien de los delitos de Peculado, Malversacion de Fondos y otros conexos, referente a las denuncias interpuestas o que se interpongan contra las personas a que se hacen referencia en la Resolucion expedida por el mencionado Despacho, senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion; y asimismo ampliar el Articulo primero de la Resolucion Nº 467-2000-MP-CEMP de 14 de MORDAZA del 2000, para que tambien el Fiscal Superior de la Primera Fiscalia Superior Penal Especializada con sede en MORDAZA, conozca en grado de apelacion o quejas de derechos los delitos MORDAZA descritos; dandoseles tambien competencia nacional a ambos Fiscales para conocer de estos delitos. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Fiscal de la Nacion, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, Fiscal Supremo Provisional encargado de la Tercera Fiscalia Suprema en lo Penal y Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica; Encargado de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Fiscales mencionados, para los fines pertinentes.