Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 1999 (24/10/1999)
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TEXTO DE LA PÁGINA 24
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, MORDAZA 24 de octubre de 1999
inciso b) la prohibicion de la venta ambulatoria en el interior del MORDAZA y la circulacion y comercio ambulatorio hasta una distancia de cien (100) metros del perimetro del local, asimismo indica en el inciso d) del citado articulo la prohibicion de instalacion de establecimientos provisionales en los pasillos o vias de circulacion al interior y perimetro exterior del mercado; Que, los actos de comercio que se ejecutan en la via publica del distrito y especialmente en los alrededores de los Mercados de Abastos, constituyen de manera alarmante a crear una imagen de desorden y desorganizacion de nuestro distrito, lo cual atenta contra el ornato, dificulta la limpieza, ocasiona el deterioro de la infraestructura fisica y genera el malestar del vecindario; Que, es funcion de la Municipalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 111º y en uso de las facultades conferidas al MORDAZA por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- INCLUYASE en el Articulo 3º inciso c) de la Ordenanza Nº 001-96-SC/MPL, el texto siguiente: "c) Zonas Rigidas: Son areas que por razones del Desarrollo MORDAZA, Promocion del Turismo, Defensa Ecologica y Seguridad, la municipalidad no autoriza para la oferta ambulatoria; los mismos que son: - Centro Historico Monumental del distrito, de acuerdo a la R.M. Nº 794-87-DE del 17/11/87. - Las areas verdes. - Los Centros Turisticos. - Los Mercados de Abasto a una distancia de cien (100) metros de su perimetro exterior. - Las areas adyacentes a puertas de MORDAZA, colegios, teatros, hospitales, universidades y otros que determine la Municipalidad". Articulo Segundo.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 13442
la precitada Resolucion en lo referente al numero y Nomenclatura de los Lotes de la Manzana "F". CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo Tercero y MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas es competencia de las Municipalidades Distritales conocer y aprobar las Habilitaciones Urbanas dentro del ambito de su circunscripcion territorial. Que, por lo expuesto compete a esta Municipalidad de Surquillo la recepcion de las obras de Habilitacion MORDAZA solicitadas. Que, de lo expresado en el Informe Nº 105-DCHUDODU-MDS de la Division de Catastro y Habilitaciones Urbanas, se desprende que la recurrente ha cumplido con la correcta ejecucion de las obras y presentado la documentacion tecnica y legal que asi lo acredita. Que, asi mismo se acredita la cesion de los aportes correspondientes a las entidades pertinentes y la redencion en dinero de los deficit existentes. Con lo recomendado por la Division de Catastro y Habilitaciones Urbanas y con la visacion de la Direccion de Obras y Desarrollo Urbano. A merito de lo expuesto y en concordancia con las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR la Resolucion Nº 344-98-MML-DMDU emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que recepciona las Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno de 46,656.50 m2 conformante de un area mayor de 51,427.00 m2 constituida por parte del Lote E-2 del ex Fundo La Calera, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA y RECTIFICAR el Art. 1º de la precitada Resolucion de acuerdo al plano signado con el Nº HU-1 y cuadro de areas adjunto: Manzana A B C D E E-1 E-2 E-3 E-4 F TOTAL Nº Lotes 19 18 13 16 02+ area de compensacion 10 09 10 12 03 Numeracion 1 al 19 1 al 18 1 al 13 1 al 16 1 y 2 area de compensacion 1 al 10 1 al 9 1 al 10 1 al 12 1, 6 y 7 Area (m2) 3,330.59 3,277.25 2,756.78 2,731.89 1,470.00 1,712.30 1,801.80 1,777.91 2,147.44 1,719.00 22,724.96
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Ratifican resolucion de la MML que recepciona obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2065-99/SG-MDS Surquillo, 20 de octubre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Visto el Expediente Nº 45287 y Registro Nº 5059 seguidos por la COOPERATIVA PROVIVIENDA PROPIA DE EMPLEADOS DEL BANCO CONTINENTAL LTDA. 159 (CAPEBCO) por los que solicitan la Ratificacion de la Resolucion Nº 344-98-MML-DMDU emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que recepciona las Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno de 46,656.50 m2, conformante de un area mayor de 51,427.00 m2 constituida por parte del Lote E-2 del ex Fundo La Calera, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, y la Rectificacion del Articulo Primero de
Del area bruta restante de 28,702.04 m2 corresponde 5,920.00 m2 a Via Metropolitana (Avda. Aviacion), 4,770.50 m2 a area ocupada por terceros (pendiente de habilitacion), 1,960.00 m2 a Recreacion Publica (Parque MORDAZA Vizcardo y Guzman) y 16,051.54 m2 a area de circulacion y vias. El Lote Nº 1 con 733.00 m2 y Nº 2 con 707.00 m2 de la Manzana "E" estan destinados al Ministerio de Educacion y a Otros Fines respectivamente. Articulo Segundo.- disponer que los propietarios de la Habilitacion MORDAZA queden obligados a insertar en los contratos de compraventa que celebren, las Clausulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes que estaran destinados a Uso Residencial, excepto los lotes Nº 1 y Nº 2 de la Manzana "E" que corresponden a los aportes reglamentarios y los Lotes Nº 1, Nº 6 y Nº 7 de la manzana "F" destinados para uso de Comercio Vecinal. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) y a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CASASSA BACIGALUPO MORDAZA 13443