Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 1998 (15/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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315A

NORMAS LEGALES
5 6 15 35 75 20

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 1998

316A 316B 317A

318A 319A 320A 321A

322A 323A 324A 325A 326A 327A

328A 329A 330A

331A 331B 332A

333A 333B 333C 334A

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La no MORDAZA de la Autorizacion del Uso comercial del retiro en el momento que la autoridad lo solicita. Construir en el retiro municipal (No regularizable), por el propietario. Para uso residencial Para uso comercial Construir (cercos,edif.)en la via publica (incluye jardin de aislamiento.) sin perjuicio demolicion de lo indebidamente constr. (minimo S/. 800) Por iniciar obras, teniendo la orden expresa de la Autoridad municipal de estar paralizada (al propietario y al constructor). Arrojar desmonte a la via publica sin perjuicio del decomiso del vehiculo respectivo. Ocupacion de via publica con materiales de contruccion o desmonte entorpeciendo el trafico peatonal o vehicular, por cada dia despues de notificada la infraccion. No tarrajear las MORDAZA laterales a partir del 2º piso en zonas consolidadas, sin perjuicio de pagar el doble de lo que la Municipalidad invierta para efectuar el tarrajeo por m2. Por ubicacion no autorizada de kioscos perjudicando la visibilidad vehicular, MORDAZA peatonal u ornato. No tarrajear la fachada de inmuebles, sin perjuicio de pagar el doble de lo que la Municipalidad invierta en efectuar tarrajeo m2. Por deterioro de fachadas de edificios publicos o privados, calzadas, pavimentos por efectos de la construccion. Por no pintar la fachada de edificios, MORDAZA habitacion o locales comerciales cuando la Municipalidad lo ordene. Construir sin autorizacion ductos o chimeneas. No instalar medios de proteccion o senalizadores para peatones o vehiculos cuando se ejecuten obras privadas, despues de efectuada la notificacion, si no se subsanan aquellas en el termino de 24 horas, por dia. Construir habitaciones en azoteas de inmuebles sin autorizacion municipal. Cercar bienes de dominio publico, sin perjuicio de la demolicion por metro lineal. Efectuar conexiones clandestinas, perjudicando el ornato e integridad de inmuebles vecinos, sin perjuicio de notificar a la empresa de servicio publico. Pegar carteles y/o pintar MORDAZA con propaganda comercial, afiches o colocar banderolas sin autorizacion municipal en inmuebles en general, sin perjuicio del retiro de la propaganda. Personas naturales, por cada uno. Personas juridicas, por cada uno. Danar o destruir mobiliario de dominio publico (bancas, paraderos, telefonos publicos y otros), sin perjuicio de su restitucion o reparacion. Ejecutar obras en la via publica sin la respectiva autorizacion municipal, encontrandose o no en tramite su solicitud de autorizacion, sin perjuicio de la paralizacion y reparacion inmediata Por ejecutar en pistas x mt2 Por ejecutar en veredas x mt2 Por ejecutar en areas verdes x mt2 En caso de reincidencia, la multa sera el doble de la impuesta. No presentar la autorizacion de ejecucion de obras al representante municipal en el momento que se le requirio. por cada vez. En caso de reincidencia, la multa sera el doble de la impuesta. Cuando no se restituya a su estado original la infraestructura MORDAZA (pistas, veredas, sardinel, areas verdes) dentro de las 48 horas de culminada la obra y/o vencido el cronograma de ejecucion de la obra. (Por dia calendario y metro cuadrado). En caso de reincidencia, la multa sera el doble de la impuesta. Restituir deficientemente las areas afectadas por la ejecucion de las obras (pistas, veredas, sardinel y area verde) por mt2. En caso de reincidencia, la multa sera el doble de la impuesta. Construir y/o colocar gibas, rompemuelles u otros obstaculos en la via publica sin perjuicio de pagar el doble de lo que invierta la Municipalidad en retirarlos, si el infractor no los elimina en el plazo establecido. (por metro lineal). Destruir o malograr senales de circulacion vehicular, peatonal o pintarlas o cubrirlas con propaganda sin perjuicio de pagar el doble de lo que invierta la Municipalidad en repararla o sustituirla. Instalar mobiliario MORDAZA u otro elemento MORDAZA permanente sin autorizacion municipal, debiendo retirarlo inmediatamente. (Por elemento y por dia). En caso de reincidencia, la multa sera el doble de la impuesta. Realizar obras sin autorizacion para la instalacion de anuncios, postes o MORDAZA y otras estructuras por metro lineal de altura. (Sin perjuicio pago multa por colocacion de anuncio sin autorizacion municipal), sin perjuicio de regularizar por metro lineal de altura.

UIT Monto obra antirreglamentaria Monto obra antirreglament. UIT UIT

20 35 10 15 10 10 5

UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT

10 10 50 7

UIT UIT UIT UIT

10 15

UIT UIT

30

UIT

5 2 1

UIT UIT UIT

2

UIT

2

UIT

1

UIT

5 10

UIT UIT

5

UIT