Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2020 (07/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Sábado 7 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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de entidad pública titular del Proyecto 2233850 "Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett-Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima", encargó a la ATU la realización de las labores de adquisición, expropiación, y transferencia inmobiliaria de los predios que conforman las Áreas de la Concesión, así como la liberación de interferencias, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA; Que, en virtud de ello, mediante Oficio Nº 1661-2020MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se autorice la citada transferencia de partidas; Que, en consecuencia, a fin de reactivar la economía nacional, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma total de S/ 374 571 416,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas y al Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao­ATU, para financiar la adquisición de los catorce (14) predios priorizados por la Sub Dirección de Adquisición de Predios y Liberación de Interferencias de la Dirección de Infraestructura, sustentada mediante los Informes Nº 182-2020-ATU/DISAPLI, Nº 196-2020-ATU/DI-SAPLI y Nº 206-2020-ATU/ DI-SAPLI, que serán entregados al Concesionario, para la ejecución del Proyecto 2233850 "Construcción de la Línea 2 y Ramal AV. Faucett-Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima"; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el inciso 2 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República: DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas en materia económica y financiera para financiar la adquisición de catorce (14) predios correspondientes al Contrato de Concesión para el diseño, financiamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del Proyecto 2233850 "Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. FaucettGambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima", en el presente ejercicio fiscal. Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao. 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma total de S/ 374 571 416,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de los cuales hasta por la suma de S/ 256 571 416,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, y hasta por la suma de S/ 118 000 000,00 (CIENTO DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU),

para financiar la adquisición de catorce (14) predios que serán entregados al Concesionario, para la ejecución del proyecto 2233850 "Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett-Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima", conforme al detalle siguiente:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA : PLIEGO 009 : UNIDAD EJECUTORA 001 : CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : En Soles

Gobierno Central Ministerio de Economía y Finanzas Administración General Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL PLIEGO 009 MEF PLIEGO 256 571 416,00 ---------------------256 571 416,00 ===============

036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 007 : Provias Nacional PROGRAMA PRESUPUESTAL0138 : Reducción del Costo Tiempo e Inseguridaden el Sistema de Transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición De Activos No Financieros TOTAL PLIEGO 036 MTC TOTAL EGRESOS A LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO 118 000 000,00 ---------------------118 000 000,00 ============== 374 571 416,00 =============== En Soles

: Gobierno Central 203 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) PROGRAMA PRESUPUESTAL0148 : Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL PLIEGO 203 ATU TOTAL EGRESOS 374 571 416,00 -------------------374 571 416,00 ============== 374 571 416,00 ===============

2.2 El detalle de los recursos autorizados a que hace referencia el numeral 2.1, se encuentra en el Anexo Nº 1 "Transferencia de Partidas a favor del Pliego Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) para el Año Fiscal 2020", que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www. gob.pe/mtc) y de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) (www.atu.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto de Urgencia en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2 del presente Decreto de Urgencia, según corresponda, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2, a