Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2020 (10/05/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 10 de mayo de 2020

NORMAS LEGALES
ANEXO

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"Artículo 2. Referencias y Definiciones (...) s) Aplicativo Informático de Solicitud de Modificación de Indicadores: Instrumento informático que permite a los Pliegos responsables del PP la actualización de los indicadores de desempeño de resultado específico y producto; y sus respectivas fichas técnicas. http://dnpp.mef.gob.pe/app_indicadorespp/login.zul." "Artículo 12. Criterios específicos para estimar el gasto público (...) 12.1.3. Donaciones y Transferencias (...) c) Programación de pago de cuotas a organismos internacionales: Para efectos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de las cuotas a organismos internacionales, los Pliegos del Gobierno Nacional, deben registrar en el Módulo web de Gestión Presupuestaria las cuotas a los Organismos Internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro, conforme a los plazos establecidos en el Anexo Nº 1-B/ GNyR - Cuadro de plazos para la remisión de información requerida para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. La información registrada debe ser la misma que se informa al Ministerio de Relaciones Exteriores en el marco de lo señalado en el artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440. "Artículo 13. De la Programación Multianual Presupuestaria de gastos por Categoría Presupuestaria (...) 13.4 Las Entidades responsables del PP registrarán la actualización de los indicadores de desempeño y sus fichas técnicas en el Aplicativo Informático de Solicitud de Modificación de Indicadores de Desempeño de PP, cuya habilitación de acceso y registro se realizará en el plazo que para tal efecto disponga la DGPP. Asimismo, las Entidades del Gobierno Nacional y Regional con gastos comprendidos en PP registrarán la programación de metas multianuales de dichos indicadores en el aplicativo Módulo Complementario Web de la Formulación, conforme a los plazos establecidos en el Anexo Nº 1-A/GNyR - Cuadro de Plazos de Hitos de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales." "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Pautas complementarias (...) 4. La DGPP podrá modificar mediante Comunicado, los plazos y cronogramas de reuniones establecidos en los Anexos de la presente Directiva, el cual deberá ser publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef)" Artículo 5. La presente Resolución Directoral y el Anexo al que hace referencia el artículo 3 se publican en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef). Los Anexos referidos en el artículo 2 serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 6. La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZOILA CRISTINA LLEMPEN LÓPEZ Directora General Dirección General de Presupuesto Público

Modifican los "Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en materia de inversiones y proyectos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y el Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones" "4. De la opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) en el marco del numeral 13.1 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, y de la Oficina de Presupuesto, o quien haga sus veces, según corresponda (...) 4.5. (...) iii) Para la habilitación de códigos genéricos de concesiones, la Oficina de presupuesto de la entidad debe verificar lo siguiente: (i) que los proyectos a financiar se encuentren en etapa de ejecución, según lo establecido en el literal ii) del numeral 3 de los presentes lineamientos; y (ii) que se pueda identificar al proyecto al cual se habilita el recurso a través de la finalidad. (...)" "7. Modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el marco de los numerales 13.1 y 13.2 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 en el caso de transferencias financieras 7.1. Las entidades que realicen modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con la finalidad de efectuar transferencias financieras81que impliquen la anulación de créditos presupuestarios de inversiones y/o proyectos en el marco de los numerales 13.1 y 13.2 del artículo 13 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, deberán habilitar la genérica "Donaciones y Transferencias" u "Otros Gastos" de Gasto de Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para financiar inversiones. (...) 7.3. (...) i) Registrar la información sobre los convenios y adendas correspondientes en el Módulo de información de convenios previo a realizar la solicitud de aprobación de la nota modificatoria a la DGPP, según lo expuesto en el numeral 14 de los presentes lineamientos. ii) Indicar el monto de la transferencia, las inversiones o proyectos a financiar y la entidad que recibirá los recursos. (...) iv) Verificar que se cuente con convenio suscrito que sustente la transferencia financiera, según corresponda. (...)" "8. Modificaciones presupuestarias en el nivel institucional en el marco de los artículos 14 y 15 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 (...) 8.2. En el marco del artículo 20 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, las entidades habilitadoras a que se refiere el inciso 8.1 del presente numeral, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, registran en un plazo máximo de siete (07) días hábiles contados a partir de la suscripción de los convenios, la información sobre los convenios vigentes y sus respectivas adendas en el Módulo de información de convenios, de acuerdo a lo señalado en el numeral 14 de los presentes lineamientos. (...)" "14. Sobre el registro en el Módulo de información de convenios 14.1 Las entidades que realicen modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático y en el