Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2020 (09/05/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 9 de mayo de 2020

NORMAS LEGALES

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de prevención y control del COVID-19; Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Protocolo sanitario sectorial para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 durante la ejecución de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) en materia de residuos sólidos" y los "Criterios de focalización territorial y la obligatoriedad de informar incidencias", que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La aprobación sectorial específica para la reanudación de la ejecución de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) en materia de residuos sólidos está a cargo de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, la cual es emitida en un plazo de dos (2) días calendario, contado a partir de la presentación de la respectiva solicitud, mediante medios físicos, electrónicos o digitales. Para tal efecto, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos verifica que se ha cumplido con lo establecido en los "Criterios de focalización territorial y la obligatoriedad de informar incidencias", según corresponda, y lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 080- 2020PCM, conjuntamente con el grado de movilidad de personas que implica la reanudación en una jurisdicción determinada.

Artículo 3.- Para el reinicio de la la ejecución de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) en materia de residuos sólidos, las empresas o personas naturales o jurídicas deben elaborar el "Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo", tomando consideración lo siguiente: a) Los "Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19", aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, y b) El Protocolo sanitario sectorial para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 durante la ejecución de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) en materia de residuos sólidos, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial; La fecha de reinicio de la ejecución de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) en materia de residuos sólidos, es el día calendario siguiente a la fecha de registro del "Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo" en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1866207-1