Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2020 (27/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de junio de 2020 /

El Peruano

Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/ PCD y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, al 2023 Apruébase la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017- 2022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, al 2023; quedando denominado como "Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017- 2023 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo"; y, que como anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Aprobación de la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2022 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), al 2023 Apruébase la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017- 2022 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, al 2023; quedando denominado como "Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017- 2023 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo"; y, que como anexo 2 forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- Elaboración y/o adecuación de Planes Estratégicos Institucionales Dispónese que los organismos públicos adscritos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales, en el marco de lo establecido

en el "Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2023 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo". Artículo 4.- Elaboración y/o adecuación de Planes Operativos Institucionales Dispónese que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Operativos Institucionales en el marco de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales. Artículo 5.- Seguimiento y Evaluación Dispónese que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectúe el seguimiento y evaluación del "Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2023 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo" y del "Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2023 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo", aprobado por los artículos 1 y 2 de la presente resolución ministerial, respectivamente. Artículo 6.- Publicación Dispónese la publicación de la presente resolución ministerial y sus anexos en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/ mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1869138-1

COMUNICADO
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. 2. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. La persona con firma registrada ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu. com.pe. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Oficio firmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El oficio y dispositivo legal podrán ser firmados digitalmente. Si no se cuenta con firma digital, debe consignarse sello y firma manual del funcionario autorizado. 4. 5. 6. 7. 8. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@ editoraperu.com.pe. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya gráficos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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