Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2019 (26/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 26 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Hugo Eduardo Coya Honores, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, a la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, del 8 al 13 de marzo de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) Viáticos (US$ 440 x 2 días) TOTAL: US$ 755.44 US$ 880.00 ------------------US$ 1,635.44

Artículo 3.- Disponer que el citado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS MARTIN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1744398-1

Que, el artículo 2 de la citada ley señala los Gobiernos Locales que son beneficiarios de la Participación en Rentas de Aduanas; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley N° 27613, regula sobre la Participación en Renta de Aduanas en la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo que, deducido el 10% que corresponde al Fondo Educativo, el saldo restante será distribuido en un 50% al Gobierno Regional del Callao y el otro 50%, proporcionalmente, entre las municipalidades de la jurisdicción; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Índices de Distribución de la Participación en Renta de Aduanas son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, de otro lado, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 021-2019-EF dispone, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2019, para la elaboración de los índices de distribución de los recursos determinados se utilice la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, que fue utilizada para la elaboración de los montos estimados de recursos determinados para el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2019; Que, sobre la base de la información proporcionada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT mediante Oficio N° 138-2018-SUNAT/320000 y por el INEI mediante Oficio N° 029-2018-INEI/DTDIS, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Participación en Rentas de Aduanas correspondientes al Año Fiscal 2019; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Participación en Rentas de Aduanas a favor de los Gobiernos Locales beneficiarios y de la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; y, en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 021-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2019 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas, conforme a los Anexos N° 1 y N° 2 que forman parte de la Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano y sus respectivos Anexos en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1744458-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Índices de Distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2019 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2019-EF/50 Lima, 22 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas, dispone que las provincias y distritos donde existen y funcionan Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres, tienen derecho a percibir sólo el 2% de las rentas que se recauden por esa actividad, como Participación en Rentas de Aduanas, constituyendo recursos propios para beneficiar su desarrollo;

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0073-2019-JUS Lima, 25 de febrero de 2019