Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2019 (20/04/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

24
DURACIÓN Y DENUNCIA ARTÍCULO 17

NORMAS LEGALES

Sábado 20 de abril de 2019 /

El Peruano

POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores POR LA SECRETARÍA GENERAL IBEROAMERICANA REBECA GRYNSPAN Secretaria General 1761993-1

El presente Acuerdo tendrá una duración indeterminada. Cualquiera de las Partes podrá denunciar el Acuerdo mediante notificación escrita transmitida a la otra, por vía diplomática. La denuncia surtirá efecto seis meses después de la fecha de recepción de la notificación con tal fin. La terminación del presente Acuerdo no implicará la finalización de los contratos o acuerdos específicos en ejecución en el marco del presente Acuerdo y celebrados durante el periodo de vigencia de éste. ENTRADA EN VIGOR ARTÍCULO 18 El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de recepción de la notificación cursada por la República del Perú, por vía diplomática, en la que se informe del cumplimiento de los procedimientos internos necesarios para tal efecto. Firmado en la cuidad de Madrid, Reino de España, a los 12 días del mes de junio de 2017, en dos ejemplares, en idioma español, ambos igualmente auténticos.

Entrada en vigencia del Acuerdo entre la República del Perú y la Secretaría General Iberoamericana para la instalación de una Oficina Subregional en Lima
Entrada en vigencia del "Acuerdo entre la República del Perú y la Secretaría General Iberoamericana para la instalación de una Oficina Subregional en Lima", suscrito el 12 de junio de 2017, en la ciudad de Madrid, Reino de España; aprobado mediante Resolución Legislativa N° 30912 del 12 de febrero de 2019 y, ratificado mediante Decreto Supremo N° 011-2017-RE del 9 de marzo de 2017. Entró en vigor el 11 de marzo de 2019. 1761994-1

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efecto de la publicación de sus dispositivos en la separata de normas legales, que contengan o no anexos, se está tomando en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 6. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES