Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 25 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Jorge Antonio Cuadros Salek para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 28 de marzo de 2018, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Jorge Antonio Cuadros Salek, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Jorge Antonio Cuadros Salek, con matricula número N-4648, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1705128-1

la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de una agencia según el siguiente detalle:
De (Dirección Actual) Av. Mariscal Benavides 152-158, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica A (Nueva Dirección) Calle Mariscal Benavides (antes Teatro) Sub Lote A-2, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1705615-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el mes de agosto de 2018
GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 045-2018-G.R. AMAZONAS/DREM Chachapoyas, 3 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 5502006-MEM/DM, de fecha 16 de Noviembre del 2006, el Ministerio de Energía y Minas, resuelve aprobar la transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo el Gobierno Regional de Amazonas a través de la Dirección Regional de Energía y Minas a partir de ese fecha, competente para otorgar concesiones mineras para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 316 Gobierno Regional Amazonas/CR del 12 de diciembre del 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas ­ DREM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la Dirección Regional de Energía y Minas, publicará mensualmente en el diario oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, el artículo 149 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería; de conformidad con las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM, de fecha 16 de noviembre del 2006 y, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 151-2018-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR de fecha 09 de abril del 2018.

Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN SBS Nº 4134-2018 Lima, 19 de octubre de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de una agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de