Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Sábado 17 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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(Cacao y derivados), Café (Café y derivados), Frutas y derivados (Banano, moquicho y otros plátanos, granadilla, piña golden, aguaymanto, palta, camu camu, sauco), otros productos alimenticios y derivados (Tara en polvo y en goma, quinua blanca orgánica, rocoto, papa nativa), a implementar en el corto, mediano y largo plazo. El Plan Regional Exportador ­ PERX forma parte importante del PENX 2025. La región hace suyo el PERX a través de una Ordenanza Regional. De esta manera, la implementación del PERX se debe realizar a través de los instrumentos regionales de gestión: Plan Regional de Desarrollo Concertado, Plan Operativo Institucional y Presupuesto Regionales; Que, el Director de Comercio Exterior de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional Huánuco, solicita que se aprueba mediante una Ordenanza Regional la Actualización del Plan Regional Exportador Huánuco 2025, para la cual manifiesta que el Equipo Técnico MINCETURDIRCETUR, ha culminado la Actualización del Plan Regional Exportador Huánuco 2025, con el soporte metodológico del Banco Mundial y aportes de empresarios, gremios, universidades y autoridades regionales y locales de la Región Huánuco; Que, con Oficio N° 022-2018-GRH/GR, de fecha 12 de enero de 2018 el Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, solicita la aprobación del Plan Regional Exportador Huánuco 2025 mediante Ordenanza Regional, para la cual adjunta el Informe Legal N° 031-2017-GRH/GRH/GGR/ORAJ y el Oficio N° 00829-2017-GRH-GRDE/DERCETUR, con opiniones favorables; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 02 de febrero de 2018, se trató el Dictamen N° 001-2018-GRH-CR/CPDE de fecha 26 de enero de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico del Consejo Regional Huánuco, sobre "Aprobar el Plan Regional Exportador Huánuco ­ PERX Huánuco 2025", después de un debate correspondiente fue sometido a votación, la cual se aprobó por UNANIMIDAD; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por UNANIMIDAD por el magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Plan Regional Exportador Huánuco 2025 (PERXHUANUCO 2025) que consta de sesenta y uno (61) folios; el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que el Gobernador Regional a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Huánuco y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Huánuco, ejecuten e implementen el Plan Regional Exportador Huánuco 2025. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 08 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional

Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 09 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1626544-2

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Aprueban Cuadro de Asignación de Personal CAP - Provisional de los Órganos Desconcentrados de la Dirección Regional de Salud
ORDENANZA REGIONAL Nº 027-2017-GRSM/CR Moyobamba, 29 de diciembre del 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 4415-2017-DDRH-DG-DIRES/ SM del 11 de diciembre del 2017, la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos, solicita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San Martín, fecha para reunión extraordinaria a fin de sustentar la modificación del cuadro Analítico de Personal CAP- 2017, referente al reordenamiento de personal nombrado de la condición de previsto ha ocupado, asimismo modificación de plazas para proceso de cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud, proceso vigente mediante la promulgación de la Ley Nº 30657 y el Decrete Supremo Nº 033-2017-SA, el cual según cronograma de actividades elaborado por el Ministerio de Salud, corresponde contar con CAP aprobado hasta el 23 de diciembre del 2017, solicitando que se gestione esta propuesta ante el Consejo Regional, a fin de aprobar la modificación del CAP- 2017 y cumplir con la norma cronogramada; Que, con Nota Informativa Nº 576-2017-GRSM/ GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, dirigida a la Gerencia General Regional, comunicó que la Dirección Regional de Salud, solicita una fecha para una reunión extraordinaria a fin de sustentar la modificación del Cuadro Analítico del Personal CAP-2017, referente al reordenamiento del personal nombrado de la condición y cambio de línea de carrera del personal de la salud, a fin de que se traslade dicha solicitud ante el Consejo Regional para la aprobación de modificación del CAP2017, por el Pleno, y de esta manera el sector Salud pueda cumplir con lo establecido en la norma y el cronograma de actividades; Que, mediante Ley Nº 30657 se autoriza el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud del Ministerio de Salud, de sus organismos públicos y de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales;