Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2018 (22/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de agosto de 2018 /

El Peruano

con un financiamiento no reembolsable (donación) por la suma total de US$ 532 500,00 (Quinientos treinta y dos mil quinientos); Que, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP y el Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas ­ PROFONANPE, con fecha 9 de Julio del 2018, suscriben un Convenio de Cooperación Interinstitucional para la ejecución de El Proyecto, el mismo que tiene como objetivos establecer las condiciones básicas para la gestión efectiva del Parque Nacional Yaguas, implementar actividades de patrullaje con la participación de las comunidades locales , y apoyar a las comunidades indígenas que se encuentran en las zonas aledañas al Parque a desarrollar actividades económicas sostenibles que contribuyen a reducir amenazas; Que, en mérito al convenio suscrito y de acuerdo a lo coordinado entre ambas partes, la Gerencia General del SERNANP solicita, mediante Carta N° 058-2018-SERNANP-GG, al Director Ejecutivo de PROFONANPE, la transferencia de fondos por el monto total de S/ 130 569,00 Soles para la contratación por la modalidad CAS de seis (06) guardaparques y un (01) especialista, en el marco del Convenio citado en los párrafos precedentes. Que, mediante Memorándum N° 1329-2018-SERNANP-OA de fecha 10 de agosto de 2018, la Oficina de Administración informa sobre el desembolso de S/ 130 569,00 Soles, correspondiente al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y PROFONANPE para la ejecución de El Proyecto; Que, mediante Informe N° 267-2018-SERNANPOPP de fecha 10 de agosto de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera técnicamente factible la incorporación de recursos al Presupuesto Institucional del pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP para el año fiscal 2018, solo la suma de S/ 44 554,00 Soles, del monto total de donación, en la fuente de financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, que resulta de la Proyección de Gasto en CAS a ser ejecutado de octubre a diciembre del presente ejercicio fiscal, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y PROFONANPE, para la ejecución del proyecto "Establecimiento de la Gestión Efectiva del Parque Nacional Yaguas"; Que, el literal d) del numeral 42.1, del Artículo 42º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que: "...Las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de los recursos financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal, constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía"; Que, el inciso ii), del numeral 19.2 del artículo 19º de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificada mediante Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 0252013-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 009-2014EF/50.01, Resolución Directoral Nº 023-2014EF/50.01, Resolución Directoral Nº 027-2014-EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 026-2017-EF/50.01, señala que: "...Las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley General proceden en los siguientes casos: [...] ii. Cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias."; Que, el artículo 69° del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,

indica que: "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Consejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere los cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de entidad, bajo responsabilidad"; Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, y; En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptación de la Donación Aceptar la donación dineraria ascendente a Ciento treinta mil quinientos sesenta y nueve y 00/100 Soles (S/ 130 569,00 Soles), efectuada en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y PROFONANPE, para la ejecución del proyecto "Establecimiento de la Gestión Efectiva del Parque Nacional Yaguas". Artículo 2º.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de Cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta y cuatro y 00/100 Soles (S/ 44 554,00 Soles), por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Codificación La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Presentación de la Resolución La Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitirá copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe