Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2017 (23/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Jueves 23 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo 056-2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, aprobado por el Decreto Supremo 304-2012-EF y la Directiva 001-2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección General 24-2013-DIGA/TC. SE RESUELVE Artículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de haberes al magistrado José Luis Sardón de Taboada del 6 al 11 de diciembre de 2017. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del magistrado José Luis Sardón de Taboada a las ciudades de Venecia, Italia, y a Madrid, España, para los fines a los que se refiere la presente resolución. Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
VIÁTICOS A EUROPA US$ 540.00 POR DÍA (4 DÍAS) US$ 2,160.00

Ciudad de Huaraz, el día Viernes 29 de Setiembre del 2017, el Dictamen Nº 03-2017-GRA/CPPAT de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Oficio Nº 065-2017-REGION ANCASH/GGR de fecha 10 de Marzo del 2017, suscrito por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Ancash, mediante el cual remite el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación de Ancash: Ejecutora 300, las Unidades de Gestión Educativa Local: 304 - Aija; 312 - Antonio Raimondi; 314- Asunción; 313 - Bolognesi; 315 - Carhuaz; 307 - Carlos Fermín Fitzcarrald; 310 - Casma; 320 - Corongo; 311 - Huaraz; 308 - Huari; 303- Huarmey; 302 - Huaylas; 316 - Mariscal Luzuriaga; 317 - Ocros; 309 - Pallasca; 305 - Pomabamba; 318 Recuay; 301- Santa; 306 - Sihuas y 319 - Yungay, para su aprobación; y, CONSIDERANDO:

COMISIONADO

FECHA DE VIAJE (VIÁTICOS: 4 DÍAS) DEL 6 al 11 DE DICIEMBRE DE 2017

PASAJE AÉREO

JOSÉ LUIS SARDÓN DE TABOADA

S/. 8,279.91

Artículo Cuarto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Quinto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el viaje autorizado mediante la presente resolución, el magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en las actividades antes mencionadas. Artículo Sexto.- Comunicar la presente resolución al magistrado José Luis Sardón de Taboada, a la Secretaría General, Dirección General de Administración y a las Oficinas de Gestión y Desarrollo Humano, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. MANUEL MIRANDA CANALES Presidente 1589172-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Aprueban Cuadros para Asignación de Personal Provisionales de la Dirección Regional de Educación Ancash y veinte Unidades de Gestión Educativa Local de la Región Ancash
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2017-GRA/CR Huaraz, 29 de setiembre del 2017 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH VISTOS: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Ancash, llevada a cabo en la

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; en tal sentido, el Literal f) del Artículo 9º de la Ley Nº 27867, establece como atribuciones de los Gobiernos Regionales, dictar las normas inherentes a la gestión regional, las cuales deben adecuarse al ordenamiento jurídico nacional, de conformidad con el Artículo 36º de la acotada Ley; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; en tal sentido, el Artículo 15º Literal a) de la norma señalada, establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; para tal efecto, dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional, conforme lo dispone el Artículo 37º Literal a) de la Ley en comento; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y, reglamentan en materia de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2015GRA/CR, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que en su Artículo 7º establece que el Consejo Regional es el Órgano Supremo del Gobierno Regional de Ancash. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión y conducta pública de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus Modificatorias; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal a todo el sector público, dispone que para el acceso al empleo público es requisito indispensable que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal-CAP; Que, mediante Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final, establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, se establecerá la progresividad de la implementación de la Aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; asimismo, la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó