Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2017 (26/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 26 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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procedente la solicitud de autorización para realizar el viaje en mención; Que, en virtud de lo antes señalado, PROINVERSIÓN asumirá con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y transportes varios derivados de la asistencia de la referida funcionaria a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por los Decretos Supremos Nº 005-2006-PCM y N° 0562013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señorita Nancy Nelly Bojanich García, Especialista en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, a la ciudad de París, República Francesa, del 5 al 11 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y transportes varios que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos : : US$ US$ 1976.89 2700.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debe presentar ante el Titular del Pliego un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En el mismo plazo deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1490412-3

Autorizan modificación presupuestaria y transferencia financiera del Ministerio para atender el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, en el marco de la Ley N° 30137
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2017-EF/41 Lima, 24 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales

emitidas, creada mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 29812, y conformada por Resolución Suprema 100-2012-PCM, a fin de que apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, para el pago de montos por beneficiario que no superen la suma de S/ 50 000,00, en un plazo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la vigencia del reglamento de la presente disposición, para continuar con el proceso de atención de pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciado por la Ley 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales; Que, el numeral 3 de la mencionada disposición normativa establece que la implementación de lo mencionado en el considerando precedente, se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 180 000 000,00), autorizándose al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el marco de lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, asimismo, en el numeral antes citado se señala que el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias financieras hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 180 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, con cargo a los recursos habilitados en el marco del considerando precedente. Dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, estableciendo en su artículo 45 que las modificaciones presupuestarias destinadas a la distribución interna se autoricen por Resolución del Titular del pliego presupuestario; Que, conforme a las disposiciones normativas antes citadas, es necesario efectuar, previa a la transferencia financiera que se menciona en el cuarto considerando, una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, hasta por dicho importe, a favor de la Actividad 5002175 - Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, con cargo a los recursos asignados a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415 - Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público, para financiar la atención de lo mencionado en el segundo considerando; Que, asimismo, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, Actividad 5002175 - Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 180 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518; De conformidad con lo dispuesto en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;