Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2017 (16/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 16 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Artículo 1°.- Aprobar la reasignación en el cargo por la causal de necesidad del servicio, con costo para el Estado, del Oficial General de la Policía Nacional del Perú, con eficacia anticipada, conforme se indica a continuación:
GRADO General PNP APELLIDOS Y NOMBRES Gálvez Escalante Juan Antonio UU.OO DIRNOPREGPOL AMAZONAS UU.DD DRINOPREGPOL ANCASH Fecha Del 01/09/2015 al 31/12/2015.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1598151-13

Autorizar viaje del Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial del Ministerio a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1284-2017-IN Lima, 15 de diciembre de 2017 VISTOS; el Mensaje de fecha 12 de diciembre de 2017, de la Dirección de Políticas Públicas para América Latina de la Asociación Internacional de los Operadores de Telefonía Móvil (GSMA), el Informe N° 002191-2017/ IN/OGAJ, de fecha 15 de diciembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Mensaje de fecha 12 de diciembre de 2017, la Dirección de Políticas Públicas para América Latina de la Asociación Internacional de los Operadores de Telefonía Móvil (GSMA) estima conveniente que el Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial del Ministerio del Interior visite sus oficinas, ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ­ República Argentina, el 18 de diciembre de 2017, a fin de dialogar sobre temas relacionados con el robo de terminales; asimismo, hace de conocimiento que la Dirección de Control y Fiscalización del Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM) de la República Argentina, quien estuvo trabajando recientemente en políticas relacionadas con la reducción del robo de celulares, tiene disponibilidad para reunirse con el citado Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial el 19 de noviembre de 2017; Que, las indicadas reuniones tienen como objetivo que el Ministerio del Interior precise los detalles y condiciones con la Asociación Internacional de los Operadores de Telefonía Móvil (GSMA) para acceder a sus bases de datos de número TAC (Type Allocation Code), de Código o Serie Electrónica (IMEI) de celulares robados a nivel regional y global; y, de IMEI válidamente emitidos por la GSMA; asimismo, se tiene previsto conocer las estrategias que la Dirección de Control y Fiscalización del Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM) de la República Argentina y la GSMA vienen desarrollando para reducir el robo de celulares en dicho país y evaluar la posibilidad de aplicar las referidas estrategias en la República del Perú; Que, en ese sentido, dada la importancia de dichas reuniones, resulta conveniente que el Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial del

Ministerio del Interior asista a las reuniones antes citadas, en representación del Ministerio del Interior; Que, el artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN, establece que la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección y demás órganos, institución y organismos que conforman el Sector Interior en la orientación de las políticas y planes a largo plazo; asimismo, tiene a su cargo conducir la formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de la política sectorial y la producción, análisis y difusión de la información estadística del Sector Interior para la toma de decisiones; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del Director de la Oficina de Planeamiento Estratégico Sectorial del Ministerio del Interior en las reuniones antes indicadas, se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio del Interior, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del interior ­ Oficina General de Administración y Finanzas, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa la Hoja de Gastos por Comisión de Servicios al Extranjero N° 019-2017, de fecha 14 de diciembre de 2017, de la Oficina de Contabilidad del Ministerio del Interior, y el Oficio N° 003199-2017/IN/OGAF/ OAB, de fecha 15 de diciembre de 2017, de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio del Interior; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario Oficial El Peruano; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor José Manuel Villaorduña Aristondo,