Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2017 (26/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de agosto de 2017 /

El Peruano

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Decreto Supremo que dispone la modificación de las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia"
DECRETO SUPREMO Nº 014-2017-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28533, Ley de promoción y desarrollo turístico del Cañón de Cotahuasi, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de mayo del 2005, se declaró de interés nacional y necesidad pública la promoción y el desarrollo turístico de la zona donde se encuentra el Cañón de Cotahuasi, de la provincia de La Unión, del departamento de Arequipa, así como la protección y conservación ambiental de las áreas adyacentes; Que, mediante el Decreto Supremo N° 011-2011-MINCETUR, se aprobó las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", con la finalidad de regular el contenido, los procesos de aprobación, actualización y ejecución del referido instrumento, así como las autoridades competentes que participan en dichos procesos; Que, resulta necesario modificar las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", aprobadas por el Decreto Supremo N° 011-2011-MINCETUR, para cumplir con los objetivos de protección, conservación, promoción y desarrollo turístico del Cañón de Cotahuasi, establecidos en la Ley N° 28533; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificaciones y la Ley N° 28533, Ley de promoción y desarrollo turístico del Cañón de Cotahuasi. DECRETA: Artículo 1.- Modificación del numeral 2.1 del artículo 2 y del artículo 3 de las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" Modifíquese el numeral 2.1 del artículo 2 y el artículo 3 de las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", aprobadas mediante Decreto Supremo N° 011-2011-MINCETUR, los cuales quedarán redactados de la siguiente forma: "Artículo 2.- Contenido de El Plan 2.1 El Plan debe guardar concordancia con el Plan Maestro de la Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi aprobado conforme al artículo 20° de la Ley N° 26834 ­ Ley de Áreas Naturales Protegidas, los planes regionales y locales de turismo, así como con las normas vigentes en materia de patrimonio cultural y natural y debe articular las acciones y actividades previstas en el Decreto

Supremo N° 027-2005-AG que establece la Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi. (...)." "Artículo 3.- Aprobación y actualización de El Plan La aprobación de El Plan será formalizada mediante Resolución Suprema refrendada por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo, del Ambiente y de Cultura, con opinión previa vinculante del SERNANP y del Ministerio de Cultura. Su actualización deberá contar con la opinión previa del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento." Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra del Ambiente y el Ministro de Cultura. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La Comisión Técnica Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 011-2012-MINCETUR debe cumplir con presentar el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" junto con el Informe Técnico Final en un plazo de tres (03) meses posteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 7 de su norma de creación, a fin de cumplir con el mandato del artículo 3 de la Ley N° 28533, Ley de Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1559073-1

Autorizan viaje de profesionales del Viceministerio de Turismo a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 302 -2017-MINCETUR Lima, 22 de agosto de 2017 Visto, el Memorándum Nº 826-2017-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fin de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, el día 07 de octubre de 2016, en el marco del Encuentro Presidencial y el X Gabinete de Ministros Binacional Perú ­ Ecuador, se suscribió la Declaración de Macas, donde los Presidentes de ambos países reafirmaron la profunda voluntad política de continuar construyendo un futuro común a fin de mejorar el nivel de bienestar y desarrollo de sus pueblos particularmente los de la zona