Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2016 (22/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 22 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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documentación que permita su ejecución, en el ámbito de su competencia. Artículo 8.- De la delegación de facultades La delegación de facultades; así como, la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión de los sistemas administrativos que les correspondan; debiendo informar semestralmente respecto a los resultados de la gestión. Artículo 9.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 004-2016PRODUCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1431124-1

Aprueban modificación del Manual de Clasificación de cargos del Instituto Nacional de Calidad
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 071-2016-INACAL/PE Lima, 19 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe N° 172-2016-INACAL/OA-RH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, el Memorando N° 11422016-INACAL/OA de la Oficina de Administración, el Informe N° 164-2016-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 155-2016-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30224, se crea el Sistema Nacional para la Calidad - SNC y el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), como un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, constituyendo Pliego Presupuestal; Que, por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, a través del cual se determinan las áreas programáticas de acción y se regulan las competencias, funciones y su estructura orgánica; Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 022-2015-INACAL-PE, se aprobó el Manual de Clasificación de Cargos del Instituto Nacional de Calidad, siendo modificado a través de las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 043-2015-INACAL-PE y N° 062-2015-INACAL-PE; Que, conforme a lo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-INACAL/PE, el Equipo Funcional de Recursos Humanos, tiene entre sus funciones, diseñar los perfiles de puestos de la entidad; así como verificar los procesos de incorporación y administración del personal, de conformidad con la normativa que regula el Servicio Civil;

Que, en ese sentido, a través del Informe N° 1722016-INACAL/OA-RH, el Equipo Funcional de Recursos Humanos, propone la modificación del Manual de Clasificación de Cargos del Instituto Nacional de Calidad, a fin de mantener una estructura armónica en cuanto a la formación académica y experiencia laboral de los cargos de los Órganos de Apoyo y Órganos de Asesoramiento y de la Alta Dirección, con la finalidad de lograr una mayor eficiencia en la gestión de la entidad, propuesta que cuenta con la conformidad de la Oficina de Administración, otorgada con Memorando N° 1142-2016-INACAL/OA; Que, mediante Informe N° 164-2016-INACAL/ OPP e Informe N° 155-2016-INACAL/OAJ la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, respectivamente, en el marco de sus competencias y funciones emiten opinión favorable sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificación de Cargos; por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se aprueba la referida modificación; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Oficinas de Administración, Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28125, Ley Marco del Empleado Público, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modificación del Manual de Clasificación de cargos del Instituto Nacional de Calidad el que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1431164-1

Designan Asesor de la Presidencia Ejecutiva del INACAL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 072-2016-INACAL/PE Lima, 20 de setiembre de 2016 VISTO: El Memorando N° Presidencia Ejecutiva; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 9 de la Ley N° 30224, el Instituto Nacional de Calidad - INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, constituyendo un Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 004- 2015-PRODUCE, modificado con Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 3192015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Calidad, el cual considera, entre otros, el cargo estructural 057-2016-INACAL/PE de