Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2015 (27/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 27 de MORDAZA de 2015

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10.6. Las obligaciones previstas en la presente clausula subsistiran hasta luego de transcurrido un (1) ano de concluida la relacion contractual que EL CONTRATADO mantiene con EL OEFA. 10.7. El incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente clausula genera la cancelacion de la inscripcion de EL CONTRATADO en el Registro de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores, asi como las responsabilidades civiles, administrativas y penales a que hubiera lugar. CLAUSULA DECIMO PRIMERA: INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES 11.1. EL CONTRATADO se encuentra sujeto al cumplimiento de la Ley N° 27588 - Ley que establece las prohibiciones e incompatibilidades de los funcionarios y servidores publicos, asi como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0192002-PCM; por tanto, se encuentra impedido de: - Intervenir como abogado, apoderado, asesor, patrocinador, perito o arbitro de particulares en procesos que tengan pendientes con EL OEFA, mientras se encuentre en ejecucion la prestacion de servicios materia del presente contrato. El impedimento es permanente en aquellas causas o asuntos especificos en los que hubiera participado directamente. - Prestar servicios, bajo cualquier modalidad, a las empresas o instituciones privadas comprendidas en el ambito especifico de las funciones cumplidas en virtud al presente contrato. - Aceptar representaciones remuneradas, formar parte del Directorio, celebrar contratos civiles o mercantiles, o adquirir directa o indirectamente acciones o participaciones respecto de las empresas o instituciones privadas comprendidas en el ambito especifico de las funciones cumplidas en virtud al presente contrato de sus subsidiarias o las que pudiera tener vinculacion economica. Los referidos impedimentos se extienden a EL CONTRATADO hasta un ano posterior al cese o a la culminacion de los servicios prestados bajo cualquier modalidad contractual, sea por renuncia, cese, destitucion o despido, vencimiento del plazo del contrato o resolucion contractual. 11.2. EL CONTRATADO se encuentra sujeto a las causales de abstencion establecidas en la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; por tanto, debe abstenerse de prestar servicios en los siguientes casos: - Si es pariente dentro del MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad con cualquiera de los administrados, sus representantes, mandatarios, administradores de sus empresas o con quienes les presten servicios. - Si ha tenido intervencion como asesor, perito o testigo en el mismo procedimiento o si como autoridad hubiese manifestado previamente su parecer sobre el mismo, de modo que pudiera entenderse que se ha pronunciado sobre el MORDAZA, salvo la rectificacion de errores o la decision del recurso de reconsideracion. - Si, personalmente, su conyuge o algun pariente dentro del MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad tuviese interes en el MORDAZA de que se trate o en otra semejante, cuya resolucion pueda influir en la situacion de aquel. - Cuando tuviese amistad intima, enemistad manifiesta o conflicto de intereses objetivo con cualquiera de los administrados intervinientes en el procedimiento, que se MORDAZA patentes mediante actitudes o hechos evidentes en el procedimiento. - Cuando tuviese o hubiese tenido, en los ultimos dos anos, relacion de servicio o de subordinacion con alguna de las empresas o instituciones comprendidas en el ambito especifico de las funciones a ser cumplidas en virtud al presente contrato, o si tuviera en proyecto una concertacion de negocios con estas, aun cuando no se concrete posteriormente. En caso EL CONTRATADO se encuentre incurso en alguna de las causales de abstencion senaladas

8.10 Entregar a la ........................ del OEFA, dentro de un plazo MORDAZA de tres (3) dias calendario luego de haber culminado la supervision de MORDAZA, el original del acta de supervision correspondiente a la intervencion efectuada, el registro fotografico y filmico generado en dicha diligencia y, eventualmente, el reporte preliminar de las acciones de supervision en caso de que sea requerido. 8.11 Subsanar las observaciones en el plazo establecido en el presente contrato. 8.12 Entregar el proyecto de informe complementario del informe de supervision, el cual comprende la evaluacion del resultado del analisis de las muestras tomadas en MORDAZA, en caso corresponda, en el plazo establecido en el Plan de Trabajo, el cual se computara a partir del dia siguiente de la entrega de los resultados de analisis de laboratorio correspondiente. 8.13 Presentar por cada una de las unidades supervisoras, y en un plazo MORDAZA de diez (10) dias calendario de efectuada la supervision de MORDAZA, el proyecto final del informe de supervision, asi como el sustento tecnico de los mandatos de caracter particular y/o medidas preventivas, de ser el caso. 8.14 Proporcionar la informacion tecnica que resulte necesaria para que la Direccion de Supervision del OEFA pueda elaborar los reportes de los informes de supervision y/o los reportes publicos del informe de supervision que MORDAZA solicitados por los administrados. 8.15 Coadyuvar a la elaboracion de los informes tecnicos acusatorios sobre la base de los reportes preliminares de las acciones de supervision o los informes de supervision. 8.16 Otras actividades que MORDAZA requeridas, las cuales deberan describirse. CLAUSULA SERVICIO NOVENA: CONFORMIDAD DEL

9.1 La conformidad de la prestacion del servicio debera realizarse en un plazo que no excedera los diez (10) dias calendarios siguientes a la recepcion del informe que contiene la descripcion de la prestacion del servicio. 9.2 En caso de que existan observaciones, la .................................................... (INDICAR ORGANO DE LINEA O CGOD) emitira el informe en el que se indique el detalle de estas, otorgandole a EL CONTRATADO un plazo no mayor a cinco (5) dias calendario para su respectiva subsanacion. 9.3 Si, despues de transcurrido el plazo otorgado a EL CONTRATADO, la .................................................... (INDICAR ORGANO DE LINEA O CGOD) considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanacion, comunicara a la Oficina de Administracion para que resuelva el contrato. CLAUSULA DECIMA: DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION 10.1. Las obras, creaciones intelectuales, cientificas, entre otros, que se hayan realizados en el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato con los recursos y medios de la Entidad son de propiedad de EL OEFA. En cualquier caso, los derechos de autor y demas derechos de cualquier naturaleza sobre cualquier material producido bajo las estipulaciones de este contrato son cedidos a EL OEFA en forma exclusiva. 10.2. EL CONTRATADO se encuentra en la obligacion de mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier informacion que adquiera como consecuencia o con ocasion de la prestacion del servicio materia del presente contrato. 10.3. El incumplimiento de la mencionada obligacion implica la cancelacion de la inscripcion del Registro del Tercero y las responsabilidades civiles, administrativas y penales a que hubiere lugar. 10.4. EL CONTRATADO se obliga a adoptar todas las acciones necesarias a efectos de garantizar que la informacion que le fue proporcionada para la ejecucion de las prestaciones se mantenga en absoluta reserva. 10.5. La referida informacion solo podra ser empleada por EL CONTRATADO para los fines senalados en el presente contrato, sin que pueda hacerla publica, transmitirla a un tercero o realizar cualquier acto que permita su divulgacion.