Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2015 (27/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Miercoles 27 de MORDAZA de 2015 MORDAZA Rural Provincia 0.9800 0.8966 0.7094 0.8964 0.9896 0.9366 0.8406 0.9022 MORDAZA Rural Provincia Amazonia Amazonia 0.9773 0.8773 0.6839 0.8832 0.9900 0.9304 0.8250 0.8903

553329
MORDAZA 0.9827 0.8904 0.7431 0.8964

Modalidad Interruptor (tapa con ranura) MORDAZA de medicion (aislamiento acometida) Linea aerea (empalme) MORDAZA de medicion (aislamiento acometida bloqueada)

Trifasica hasta 20 kW BT5A-BT5B-BT6
MORDAZA Rural Provincia 0.9958 0.9870 0.9253 0.7000 0.8927 0.9960 0.9928 0.9509 0.8096 0.8995 MORDAZA Rural Provincia Amazonia Amazonia 0.9960 0.9831 0.9138 0.6755 0.8823 0.9949 0.9909 0.9444 0.7917 0.8886

Articulo 4°.- Remision y Publicacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion. Las empresas de distribucion electrica deberan remitir a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Osinergmin, previamente a su publicacion, en cada oportunidad que se actualicen, los importes maximos de corte y reconexion aplicables a los usuarios del Servicio Publico de Electricidad suscritos por su representante legal. La publicacion debera efectuarse en uno de los diarios de mayor circulacion local y sera vigente a partir del dia siguiente a su publicacion. Asimismo, dicha publicacion debera ser exhibida en las oficinas de atencion al publico. Articulo 5°.- Vigencia. La presente resolucion sera vigente durante desde el 01 de setiembre de 2015 hasta el 31 de agosto de 2019. Los importes maximos de corte y reconexion seran revisados MORDAZA de su vencimiento solo en el caso que los valores actualizados dupliquen los importes aprobados en la presente resolucion. Articulo 6°.- Informes de Sustento. Incorporese los Informes N° XXX-2015-GART y N° XXX-2015-GART, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 7°.- Publicacion. La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con los Informes N° XXX-2015-GART y N° XXX-2015-GART, en la pagina web del OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe.

Modalidad Fusible o interruptor (tapa sin ranura) Interruptor (tapa con ranura) MORDAZA de medicion (aislamiento acometida) Linea aerea (empalme) MORDAZA de medicion (aislamiento acometida bloqueada)

MORDAZA 0.9935 0.9854 0.9162 0.7275 0.8927

Trifasica hasta 20 kW Resto de Opciones (BT2BT3-BT4)
MORDAZA Rural Provincia 0.9984 0.9959 0.9723 0.8067 0.9990 0.9952 0.9744 0.8182 MORDAZA Rural Provincia Amazonia Amazonia 0.9974 0.9935 0.9699 0.7880 0.9981 0.9960 0.9705 0.7984

Modalidad Fusible o interruptor (tapa sin ranura) Interruptor (tapa con ranura) MORDAZA de medicion (aislamiento acometida) Linea aerea (empalme)

MORDAZA 0.9975 0.9959 0.9746 0.8133

EXPOSICION DE MOTIVOS La Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, dispone en su Articulo 3°, numeral 3.1, literal b), que, entre las funciones de los Organismos Reguladores se encuentra la de fijar las tarifas de los servicios bajo su competencia, correspondiendo ejercer esta funcion reguladora exclusivamente al Consejo Directivo, de conformidad con el Articulo 27° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 0542001-PCM. El Articulo 180° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM dispone que, los importes de corte y reconexion deberan cubrir los costos eficientes en que se incurra para su realizacion, facultandose al Osinergmin a aprobar dichos importes y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de criterios y procedimientos que establezca al efecto. Por su parte, mediante Resolucion Osinergmin N° 242-2003-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Formatos y Contenido de la Propuesta para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion", aplicable por las empresas concesionarias de distribucion electrica para la MORDAZA de la informacion y propuesta de los importes de corte y reconexion. De otro lado, mediante Resolucion Osinergmin N° 080-2012-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Procedimientos de Fijacion de Precios Regulados", estableciendose en su Anexo B.2, el procedimiento regulatorio para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion del Servicio Publico de Electricidad. (en adelante "Procedimiento"). Cabe precisar, que mediante Resolucion Osinergmin N° 159-2011-OS/CD, se fijaron los importes maximos de corte y reconexion del servicio publico de electricidad, vigentes hasta el 31 de agosto de 2015, correspondiendo fijar nuevamente los referidos importes maximos, para un proximo periodo de 4 anos. En consecuencia, habiendose cumplido todas las etapas previstas en procedimiento regulatorio para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion del Servicio Publico de Electricidad, corresponde que en la fecha prevista en el cronograma del MORDAZA se aprueben dichos importes, los cuales se encuentran debidamente motivados en los informes de sustento. 1242702-1

Trifasica mayor a 20 kW Resto de Opciones (BT2BT3-BT4)
MORDAZA Rural Provincia 0.9981 0.9787 0.8496 0.9986 0.9807 0.8656 MORDAZA Rural Provincia Amazonia Amazonia 0.9988 0.9769 0.8340 0.9985 0.9783 0.8505

Modalidad Fusible o interruptor (tapa sin ranura) MORDAZA de medicion (aislamiento acometida) Linea aerea (empalme)

MORDAZA 0.9985 0.9802 0.8566

Trifasica hasta 2500 kW Resto de Opciones (MT2MT3-MT4)
MORDAZA Rural Provincia 0.9993 0.9992 0.9994 0.9988 MORDAZA Rural Provincia Amazonia Amazonia 0.9993 0.9988 0.9992 0.9988

Modalidad SP - PMI SP - Celda

MORDAZA 0.9992 0.9990

b) Si la empresa realiza un corte de nivel mayor sin seguir la respectiva secuencia, sera de aplicacion lo dispuesto para los casos excepcionales. c) En los casos de iluminacion especial de parques, jardines, plazas y demas instalaciones de alumbrado adicional a cargo de las municipalidades, en los cuales se opte por la opcion tarifaria BT5C, se considerara los importes maximos de corte y reconexion aprobados para la opcion tarifaria BT5B. Asimismo, para las opciones tarifarias BT5D y BT5E, se considerara los importes establecidos para la opcion tarifaria BT5B. 3.6 Control

La empresa de distribucion electrica debera colocar, en cada oportunidad que realiza el corte, una etiqueta de identificacion que contenga la siguiente informacion: numero de suministro, fecha, hora, lectura del medidor al momento del corte y MORDAZA de corte aplicado.