Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2015 (12/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras"; Que, en relacion a las sanciones pecuniarias el articulo 47º del mismo cuerpo legal senala que: "el concejo municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas. Y que la autoridad municipal no puede aplicar multas sucesivas por la misma infraccion ni por falta de pago de una multa. Asimismo, no puede hacerlo por sumas mayores o menores que las previstas en la escala aprobada"; Que, el articulo 2º de la Ordenanza 984º - MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece que: "El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza es de caracter Metropolitano, pudiendo los Municipios Distritales expedir sus MORDAZA de aplicacion de sanciones teniendo como MORDAZA de referencia, el contenido en la presente Ordenanza". En ese sentido, dicho cuerpo legal resulta aplicable para la circunscripcion de Punta Negra; Que, el ejercicio de la potestad sancionadora debe estar orientado dentro de un contexto de difusion y persuasion al administrado de los beneficios que devienen del cumplimiento de los dispositivos legales, asi como de los perjuicios; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal: ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la aplicacion de la Ordenanza Nº 984-MML y su modificatoria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA denominada "Nuevo Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas derivadas de la Funcion Fiscalizadora", conforme a lo establecido en el articulo 2º de dicho cuerpo normativo, asi como el Anexo Nº 01 que establece la Tipificacion y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- PRECISAR que en tanto se implemente la Gerencia de Fiscalizacion y Control, y la Sub Gerencia de Operaciones y Fiscalizacion, quien ejecutara las sanciones no pecuniarias con apoyo del Ejecutor Coactivo, dichas funciones seran asumidas por la Gerencia de Administracion Tributaria y la Sub Gerencia de Recaudacion, Registro y Fiscalizacion Tributaria, respectivamente. De igual forma, toda referencia hecha en la Ordenanza Nº 984-MML y modificatorias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, se entendera efectuada a la Sub Gerencia de Recaudacion, Registro y Fiscalizacion Tributaria. Articulo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 0072003-MDPN, y toda MORDAZA que se oponga a los que establece la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias que adecuen el MORDAZA metropolitano conforme a la realidad de la circunscripcion de Punta Negra. Articulo Quinto.- DISPONER, que la administracion municipal en el plazo mas breve posible elabore la Ordenanza que apruebe el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Punta Negra, que responda a su realidad. Articulo Sexto.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, y demas que resulten pertinentes. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Secretaria General e Imagen Institucional la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", asi como la publicacion de texto adjunto y del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones en el MORDAZA institucional (www. munipuntanegra.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILLINGTON R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1209539-2

El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015

Prorrogan fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de barridos de calles, recoleccion de residuos solidos domiciliarios, parques y jardines publicos y serenazgo del ejercicio 2015
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2015-AL/MDPN Punta Negra, 27 de febrero de 2015. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: El Informe Nº 013-2015-GAT/MDPN de fecha 25 de febrero de 2015, de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 054-2015-SGRRFT/GAT/MDPN de fecha 25 de febrero de 2015 de la Sub Gerencia de Recaudacion Registro y Fiscalizacion Tributaria, el Proveido Nº 079-2015-GM/MDPN de fecha 27 de febrero de 2015, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, modificados por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el articulo 15º inciso B) del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, regula la forma de pago del Impuesto Predial estableciendo que pueden efectuarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota, hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero y las siguientes el ultimo dia habil del mes de MORDAZA, Agosto y Noviembre, estas en cuotas ajustadas conforme a la variacion acumulada del indice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica (INEI); Que, la Municipalidad Distrital de Punta Negra mediante Ordenanza Nº 002-2014-MDPN, prorrogo para el ejercicio 2015, los costos de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios, Recoleccion de Residuos Solidos en Playas, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 011-2012-MDPN, en la jurisdiccion de Punta Negra, estableciendose que dichas tasas son de periodicidad determinacion mensual; sin embargo su recaudacion se efectuara trimestralmente, siendo su vencimiento el ultimo dia habil de los meses que seran establecidos mediante Ordenanza. En el caso especifico de la Tasa de Recoleccion de Residuos Solidos en las playas de distrito la determinacion es diaria y la recaudacion de igual forma diariamente. El pago de la Tasa se efectuara en forma inmediata, MORDAZA que el conductor se retire de la MORDAZA de estacionamiento vehicular; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2015/ MDPN, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 08 de febrero de 2015, se establecieron las fechas de vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fiscal 2015, senalandose como fechas de vencimiento para primer trimestre del Impuesto Predial y los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, el sabado 28 de febrero de 2015; Que, mediante Informe Nº 054-2015-SGRRFT-GAT/ MDPN de fecha 25 de febrero de 2015 emitido por la Sub Gerencia de Recaudacion Registro y Fiscalizacion