Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2015 (12/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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En este sentido, el Plan de Liquidacion 2015 ha previsto los siguientes objetivos: a) Descongestionar la carga penal en liquidacion en todo el MORDAZA, y procurar su liquidacion definitiva; b) Aumentar los niveles de productividad en los organos jurisdiccionales de liquidacion; c) Identificar la carga procesal existente en liquidacion a nivel nacional, con especial atencion a la etapa del MORDAZA en tramite, en reserva y en ejecucion; y, d) Identificar el tiempo promedio requerido para liquidar en forma definitiva a nivel nacional, los procesos bajo el Codigo de Procedimientos Penales de 1940. Tercero. Que, el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo asi, deviene en procedente aprobar el plan de liquidacion presentado. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 170-2015 de la octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Plan de Liquidacion 2015 para los Organos Jurisdiccionales Penales Liquidadores de las Cortes Superiores de Justicia a Nivel Nacional", presentado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal; el mismo que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Recomendar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, evaluar permanentemente la produccion jurisdiccional de los jueces designados. Articulo Tercero.- Autorizar a la Presidencia del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, a adoptar las medidas necesarias para la ejecucion del plan de liquidacion aprobado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a traves de sus organos de linea competentes, brinde el apoyo logistico y operativo necesario para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Presidencia del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Comision Nacional de Productividad Judicial; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente Nota.: El Plan de Liquidacion 2015 para los Organos Jurisdiccionales Penales Liquidadores de las Cortes Superiores de Justicia a Nivel Nacional, esta publicado en el MORDAZA Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pagina principal, icono de Resoluciones Administrativas). 1210260-2 VISTOS:

El Peruano Jueves 12 de marzo de 2015

El Oficio N° 113-2015-ETI-CPP-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, por el cual remite la propuesta denominada "Lineamientos para la Programacion y Gestion de Audiencias en la Etapa de Juicio con el Codigo Procesal Penal". CONSIDERANDO: Primero. Que dentro de la aplicacion del Codigo Procesal Penal, la audiencia de juicio ocupa un lugar preponderante; esto obedece a dos razones fundamentales. En primer lugar, el juicio permite materializar los principios de inmediacion, oralidad y publicidad que inspiran el MORDAZA MORDAZA penal a fin de resolver el conflicto penal; en MORDAZA lugar, ya que los principios concluidos guardan relacion directa con la produccion de los organos jurisdiccionales expresada en el numero de sentencias emitidas, es clave que la programacion y gestion de las audiencias de cada sesion de juicio permita optimizar dicha produccion, de modo que los organos jurisdiccionales alcancen los estandares aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Al respecto, y no obstante los avances obtenidos desde la entrada en vigencia del MORDAZA modelo procesal, en materia de programacion y gestion de las audiencias se ha evidenciado serios problemas en su organizacion; tanto como dilaciones extremas en la duracion del juicio, por lo que resulta necesario mejorar los procedimientos actualmente utilizados, de modo que se pueda optimizar la capacidad de produccion de los organos jurisdiccionales y el desarrollo del juicio con la celeridad debida y dentro de los plazos de ley. Segundo. Que, en ese orden de ideas, la propuesta formulada por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal ha recogido y sistematizado las mejores practicas de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA que vienen aplicando el referido instrumento normativo; asi como experiencias internacionales exitosas con la finalidad de desarrollar lineamientos orientados a mejorar la programacion y gestion de audiencias en la etapa de juicio y optimizar la capacidad de produccion de los organos jurisdiccionales de juzgamiento en aras de cumplir con los principios de celeridad y oportunidad. En esa direccion, la propuesta de Lineamientos para la Programacion y Gestion de Audiencias de Juicio con el Codigo Procesal Penal incorpora medidas relacionadas con la distribucion de carga procesal, estimacion de la duracion del juicio segun sus respectivas etapas, programacion, cancelacion y reprogramacion, juicios en establecimiento penitenciario, supervision de la programacion de audiencias, notificaciones y citaciones, la participacion del Especialista Judicial de Realizacion de Audiencias, elaboracion del acta, entre otros. Todo ello, tiene como objetivo que una vez aplicados tales lineamientos, la programacion y gestion de audiencias en la etapa de juicio permita alcanzar los estandares y metas de produccion establecidos, lo que coadyuvara a la celeridad y produccion jurisdiccional en las sedes judiciales del pais. A esto debe considerarse que los avances y resultados obtenidos con la aplicacion de los lineamientos en la etapa de juicio, cuyo seguimiento estara a cargo del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, permitiran el desarrollo y perfeccionamiento de documentos tecnicos aplicables a las audiencias de las otras etapas del MORDAZA penal. Tercero. Que, el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo asi, y teniendo en cuenta que la propuesta formulada coadyuvara a la mejora de la programacion y gestion de audiencias en la etapa de juicio en el despacho judicial penal dentro del MORDAZA sistema procesal penal; asi como, optimizar la capacidad de produccion de expedientes y audiencias en los juzgados penales unipersonales y colegiados, deviene en conveniente su aprobacion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 171-2015 de la octava sesion del Consejo Ejecutivo del

Aprueban los "Lineamientos para la Programacion y Gestion de Audiencias en la Etapa de Juicio con el Codigo Procesal Penal"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 062-2015-CE-PJ MORDAZA, 6 de febrero de 2015