Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2015 (14/01/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 14 de enero de 2015

544671
General la documentacion correspondiente, en los plazos senalados en la normativa, bajo responsabilidad. Articulo 2.- Delegacion de facultades en el(la) Director(a) General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos Delegar en el(la) Director(a) General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura Administracion Central - Ejercicio 2015, las facultades en materia de recursos humanos siguientes: a) Autorizar y resolver las acciones del personal comprendido en el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, a que se refiere el Capitulo VII del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, hasta el nivel que corresponde al area de su competencia. Esta facultad no incluye la de efectuar nombramientos o designaciones en cargos de confianza, ni en cargos de libre designacion o remocion por el Titular de la Entidad. b) Suscribir Contratos Administrativos de Servicios (CAS), derivados del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, Ley Nº 29849, y demas normativa sobre la materia. c) Autorizar y resolver las acciones de suplencia y de desplazamiento del personal comprendido en el regimen laboral especial de contratacion administrativa de servicios, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1057; asi como las acciones de personal que correspondan a los trabajadores comprendidos en el regimen laboral de la actividad privada, sujeto a lo establecido por el

b) Aprobar la formalizacion de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, a que se refiere el articulo 40 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. c) Suscribir Convenios de Cooperacion y Colaboracion Interinstitucional, Acuerdos, Memoranda o Cartas de Entendimiento, asi como sus respectivas adendas o modificatorias, celebrados con otra entidad, sea esta publica o privada, respecto a materias no delegadas del Ministerio de Agricultura y Riego, distintas de las que por funcion propia corresponden indistintamente a los Viceministros de Politicas Agrarias y de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, asi como de los derivados de los organos y unidades organicas adscritos a la Secretaria General. d) Resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa los recursos de apelacion interpuestos contra los actos administrativos emitidos por la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, con relacion a las materias descritas en el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial, en lo que corresponda. e) Suscribir los Formularios de Inscripcion de Banco de Datos Personales de Administracion Publica, a ser registrados en el Registro Nacional de Proteccion de Datos Personales que se encuentra a cargo de la Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley N° 29733, Ley de Proteccion de Datos Personales, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, debiendo los organos y unidades organicas del MINAGRI remitir a la Secretaria

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION