Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

550009
MORDAZA - Canta, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El Valor Total de la Tasacion constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por trazos en vias publicas, durante el trato directo; Que, mediante los Oficios N° 012-2014/VIVIENDAVMCS-DGPRCS-DC y N° 1538-2014/VIVIENDA-VMCSDNC, la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, remitio a la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL Informes Tecnicos de Tasacion, correspondientes a predios afectados por la ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Canta - La MORDAZA - Unish, Tramo: MORDAZA - Canta, en adelante "la Obra"; Que, mediante los Memorandum N° 6450-2014MTC/20.6 y N° 556-2015-MTC/20.6, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL remite a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de la citada entidad los Informes Nº 011-2014-DGTT y N° 022015/VAM, respectivamente, senalando lo siguiente: (i) que, de la revision de los Informes Tecnicos de Tasacion elaborados por la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de acuerdo a la normatividad vigente, se ha determinado que cuatro (4) expedientes se encuentran conformes y corresponden a inmuebles afectados por la ejecucion de la Obra, cuyos titulares tienen su derecho de propiedad debidamente inscritos en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP; (ii) que, conforme a lo establecido en el tercer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30025, modificada por el Articulo 27º de la Ley Nº 30230, corresponde utilizar el procedimiento de adquisicion por trato directo de inmuebles previsto en la Ley N° 27628; (iii) que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27628, modificada por la Tercera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30025, corresponde que mediante Resolucion Ministerial se apruebe el Valor Total de la Tasacion de cuatro (4) predios afectados por la ejecucion de la Obra, considerando los montos fijados por la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, al que se debe agregar un porcentaje adicional del 10 % del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (iv) recomienda remitir el citado Informe a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal para la prosecucion del tramite correspondiente a fin de continuar con el MORDAZA de adquisicion de los inmuebles afectados a favor de PROVIAS NACIONAL; Que, sobre el particular, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante los Informes N° 993-2014-MTC/20.3 del 28 de noviembre de 2014 y N° 114-2015-MTC/20.3 del 26 de febrero de 2015, concluye que luego de efectuada la revision de los documentos que obran en el Expediente, asi como del analisis correspondiente, considera procedente continuar con el tramite administrativo de aprobacion del Valor Total de la Tasacion elaborado por la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiente a cuatro (4) inmuebles afectados por la ejecucion de la Obra; Que, con la Nota de Visto; el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, solicita se apruebe el Valor Total de la Tasacion de cuatro (4) predios afectados por la ejecucion de la Obra; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 30025, modificada por la Ley N° 30230; asi como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Valor Total de las Tasaciones, correspondientes a cuatro (4) predios afectados por la Ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Canta - La MORDAZA - Unish, Tramo:

ANEXO Relacion de predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Canta - La MORDAZA - Unish, Tramo: MORDAZA - Canta
CODIGO DEL PREDIO LC-017 LC-036 LC-046 LC-055 VALOR DE PORCENTAJE TASACION ADICIONAL S/. 10% - S/. 8 433,98 843,40 3 991,30 399,13 42 830,70 4 283,07 55 034,60 5 503,46 VALOR TOTAL DE TASACION S/. 9 277,38 4 390,43 47 113,77 60 538,06

ITEM 1 2 3 4

1219046-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 149-2015 MTC/01.02
MORDAZA, 27 de marzo de 2015 VISTO: La Nota de Elevacion N° 065-2015-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL sobre la aprobacion del valor total de las tasaciones correspondientes a predios afectados por la ejecucion de la Obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Canta - La MORDAZA - Unish, Tramo: MORDAZA - Canta; y, CONSIDERANDO: Que, el tercer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, modificada por la Ley N° 30230, establece que "el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede utilizar el procedimiento de adquisicion por trato directo de inmuebles previsto por la Ley 27628, aun cuando dichos inmuebles MORDAZA necesarios para la ejecucion de las obras de infraestructura vial de interes nacional y de gran envergadura senaladas en la MORDAZA disposicion complementaria final, en los casos que se acredite que dicho procedimiento de trato directo resulta mas favorable para los fines buscados por la mencionada disposicion"; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, modificada por la Tercera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30025, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion, actualmente la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnizacion por el perjuicio economico causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante. El Valor Total de la Tasacion sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual debera tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 27628, la aprobacion del Valor Total de la Tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion, actualmente la Direccion