Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2014 (14/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Martes 14 de enero de 2014

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apercibimiento de declarar improcedente la solicitud de inscripcion presentada. Con fecha 20 de diciembre de 2013 (fojas 41 al 70), la organizacion politica Atrevete MORDAZA presento un escrito con la finalidad de subsanar las observaciones advertidas, adjuntando, entre otros, la siguiente documentacion, respecto de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jacobo: a. Certificado domiciliario emitido por la juez de paz de San MORDAZA (fojas 64), el 5 de diciembre de 2013, que indica que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es natural del distrito de San MORDAZA, en el que tiene su domicilio habitual y viene residiendo desde hace 38 anos. b. Partida de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 66), en la que se indica como lugar de nacimiento el distrito de San Andres. c. Recibo por la prestacion del servicio de energia electrica en un inmueble ubicado en la MORDAZA Ica Nº 438 del distrito de San MORDAZA (fojas 67), emitido por la empresa Electrodunas, correspondiente al mes de marzo de 2011, a nombre de MORDAZA MORDAZA Campos. d. Recibo por la prestacion del servicio de agua y alcantarillado en el inmueble MORDAZA referido (fojas 68), emitido por la empresa Emapisco S.A., correspondiente al mes de setiembre de 2010, a nombre de MORDAZA MORDAZA Campos. Mediante Resolucion Nº 002-2013-JEE-PISCO/JNE (fojas 71 a 73), del 21 de diciembre de 2013, el JEE admite y publica la lista de candidatos presentada por la organizacion politica Atrevete MORDAZA para la Municipalidad de San MORDAZA, sin embargo, excluye al candidato a MORDAZA regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido a que los documentos presentados por esta organizacion no generan conviccion sobre la continuidad del domicilio del candidato por el periodo exigido por las normas. Consideraciones del apelante Con fecha 25 de diciembre de 2013 (fojas 79 a 89), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal de la organizacion politica Atrevete MORDAZA, interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 002-2013-JEE-PISCO/JNE, en el extremo en que declaro improcedente la candidatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alegando lo siguiente: a. No se ha considerado que la juez de paz de San MORDAZA si se encontraba en la posibilidad de certificar la continuidad del domicilio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto uno de los requisitos para ejercer dicho cargo es precisamente haber sido residente por mas de tres anos continuos en el referido distrito, con lo cual podia validamente emitir un certificado domiciliario dando fe de la residencia en el distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo menos hasta por dicho periodo. b. En caso de duda, MORDAZA de excluir al candidato, se debio requerir documentos adicionales para acreditar la residencia alegada, por lo que, a tal efecto, adjunta en esta oportunidad, una MORDAZA legalizada del DNI caduco de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 87), emitido el 26 de febrero de 2008, y con fecha de caducidad del 19 de MORDAZA de 2012, en el cual se consigno como domicilio la MORDAZA Ica Nº 438, en el distrito de San Andres. c. Asimismo, adjunta un contrato privado de alquiler con firmas certificadas por notario publico, del 28 de MORDAZA de 2011 (fojas 88), en el que MORDAZA MORDAZA de MORDAZA da en alquiler su inmueble ubicado en la MORDAZA Ica Nº 438, del distrito de San MORDAZA, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el periodo de cuatro anos desde el 1 de junio de 2011. CONSIDERANDOS Analisis del caso concreto 1. El articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 914-2013JNE, del 30 de setiembre de 2013, publicada en el MORDAZA electronico institucional el 1 de octubre de 2013 y, en el Diario Oficial El Peruano, el 2 de octubre de 2013, restituyo la vigencia, para el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales convocado para el 16 de marzo de 2014, del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010, aprobado por la Resolucion Nº 247-2010-JNE (en adelante, el Reglamento).

Municipales Complementarias continue con el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

1037320-1

Revocan resolucion en el extremo que declaro improcedente candidatura de ciudadano para regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica
RESOLUCION Nº 0026-2014-JNE
Expediente Nº J-2013-1721 SAN MORDAZA - MORDAZA - ICA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 0009-2013-008) NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, ocho de enero de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal de la organizacion politica Atrevete MORDAZA, en contra de la Resolucion Nº 002-2013-JEE-PISCO/JNE, de fecha 21 de diciembre de 2013, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en el extremo en que declaro improcedente la candidatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de MORDAZA regidor en la lista presentada por la citada organizacion para el Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las Nuevas Elecciones Municipales 2014, a realizarse el 16 de marzo de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El procedimiento de inscripcion de la lista de candidatos Mediante Resolucion Nº 001-2013-JEE-PISCO/ JNE (fojas 36 a 38), del 18 de diciembre de 2013, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA (en adelante JEE) declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por la organizacion politica Atrevete MORDAZA, para el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, por omisiones advertidas en su plan de gobierno y formato de resumen, asi como por observaciones respecto a la documentacion de los siguientes candidatos: a. Candidata a primera regidora MORDAZA Liset MORDAZA de la MORDAZA, de quien no se acredito el periodo minimo de domicilio o residencia, ni se efectuo el pago de la tasa por concepto de inscripcion. b. Candidato a MORDAZA regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de quien no se acredito el periodo minimo de domicilio o residencia. c. Candidata a MORDAZA regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, por no haberse adjuntado MORDAZA de su Documento Nacional de Identidad (en adelante DNI). Atendiendo a ello, se le otorgo a la organizacion politica un plazo de dos dias naturales para que subsane las observaciones MORDAZA mencionadas y las relacionadas al plan de gobierno y formato de resumen, bajo