Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2013 (29/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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El Peruano MORDAZA 29 de setiembre de 2013

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Restablecen temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 296-MDA que establece Beneficio de Formalizacion con el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educacion Basica y Comercios Locales en el distrito de Ate y modifican su contenido
ORDENANZA Nº 319-MDA Ate, 27 de setiembre de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre de 2013; visto el Dictamen Nº 004-2013-MDA/CDE de la Comision de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, mediante Ordenanza Nº 296-MDA publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 01 de setiembre de 2012, se establecio el Beneficio de Formalizacion con el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educacion Basica (Inicial, Primaria y Secundaria) y Comercios Locales en el Distrito de Ate; Que, dado la expectativa que ha creado el presente beneficio en los diferentes agentes economicos del distrito de Ate, que se encuentran en la informalidad y, cuyo deseo es obtener su Licencia de Funcionamiento, acorde con los lineamientos establecidos en dicha MORDAZA, se hace necesario poner en vigencia los alcances de la Ordenanza Nº 296-MDA, en vista de haberse constatado que muchos contribuyentes desean formalizarse, motivo por el cual resulta necesario se expida la presente norma; Que, mediante Dictamen Nº 004-2013-MDA/CDE, la Comision de Desarrollo Economico recomienda la aprobacion de la presente Ordenanza, que restablece temporalmente la vigencia del regimen que otorga el Beneficio de Formalizacion con el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los centros de educacion basica y comercios locales en el distrito de Ate y a su vez modifica la Ordenanza Nº 296-MDA; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RESTABLECE TEMPORALMENTE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 296MDA, QUE ESTABLECE EL REGIMEN QUE OTORGA EL BENEFICIO DE FORMALIZACION CON EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS CENTROS DE EDUCACION BASICA Y COMERCIOS LOCALES EN EL DISTRITO DE ATE Y MODIFICA EL INCISO 7, DEL ARTICULO 5º Y LA NOVENA DISPOSICION COMPLEMENTARIA DE LA ORDENANZA Nº 296-MDA Articulo 1º.- Restituyase la vigencia de la Ordenanza Nº 296-MDA, que establece un regimen de beneficios que

permite el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para las actividades de Centros de Educacion Basica (inicial, primaria y secundaria) y Comercios Locales que se encuentran ubicados en Zonificacion Residencial y Comercial al MORDAZA de lo establecido por el articulo 6º de la Ordenanza Nº 1099-MML y que a la fecha se encuentran funcionando. Articulo 2º.- El plazo para acogerse a los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 296-MDA se contara a partir de la entrada en vigencia de la presenta Ordenanza y vencera el 27 de diciembre de 2013. Articulo 3º.- Modificar el Inciso 7), del articulo 5º de la Ordenanza Nº 296-MDA, quedando redactado el texto de la siguiente forma: Articulo 5º.- CRITERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO A LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES QUE DESARROLLAN LOS GIROS DE EDUCACION BASICA (INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA) Y COMERCIOS LOCALES 7. Seran aplicables las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 309-MDA en todo cuanto no se oponga a la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Modificar la Novena Disposicion Complementaria de la Ordenanza Nº 296-MDA, quedando redactado el texto de la siguiente forma: DISPOSICION COMPLEMENTARIA "Novena.- Disponer la Condonacion de multas Administrativas impuestas por carecer de Licencia de Funcionamiento y por carecer de la autorizacion para la instalacion de anuncios publicitarios, a todos los administrados que durante la vigencia de la Ordenanza Nº 296-MDA obtengan dichas autorizaciones". DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Encargase al Secretario de Imagen Institucional y Comunicaciones efectue una intensa y efectiva MORDAZA de difusion de la presente Ordenanza en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Economico. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias y reglamentarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como disponer la ampliacion de la vigencia de la presente Ordenanza. Tercera.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Economico, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Formalizacion Empresarial, Sub Gerencia de Defensa Civil y Sub Gerencia de Control Operaciones y Sanciones, segun sus competencias. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 994032-1

Aprueban la organizacion y funciones de la Comision Tecnica Mixta Distrital de Ate, en lo referido al expendio de bebidas calientes y complementos en la via publica del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 021 Ate, 16 de setiembre de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE