Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2013 (29/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 994331-1

El Peruano MORDAZA 29 de setiembre de 2013

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2013-GR-LL/CR "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA AUTORIDAD PORTUARIA REGIONAL DE LA LIBERTAD" EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 2 de MORDAZA de 2013, el dictamen de la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional La MORDAZA recaido en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Portuaria Regional; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, que son competentes para aprobar su organizacion interna, siendo concordante con lo dispuesto en el articulo 2º e inciso a) del articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, se regulan las actividades y servicios en los terminales, infraestructuras e instalaciones ubicadas en los puertos maritimos, fluviales y lacustres y todo lo que atane y conforma el Sistema Portuario Nacional, con la finalidad de promover el desarrollo y competitividad de los puertos, asi como facilitar el transporte multimodal, la modernizacion de las infraestructuras portuarias y el desarrollo de las MORDAZA logisticas en las que participan los puertos. Que, la citada Ley, en su articulo 27º nos indica que las Autoridades Portuarias Regionales son organos integrantes del Sistema Portuario Nacional, que seran establecidos en un puerto o conjunto de puertos maritimos,

fluviales o lacustres, segun lo establezca el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, a partir de la jerarquizacion de la infraestructura publica y los activos que realice el Poder Ejecutivo por mandato de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; asimismo indica que las Autoridades Portuarias Regionales tienen personeria juridica de derecho publico interno, patrimonio propio y con autonomia tecnica, economica y financiera, depende de los Gobiernos Regionales. Que, el articulo 1º del D.S. Nº 011-2008-MTC incorpora al Plan Nacional de Desarrollo Portuario el numeral 11 ­ Determinacion de las Autoridades Portuarias Regionales, contenido en el Anexo 1, en el cual se establece que tanto la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado con el D.S. Nº 003-2004MTC, constituyen el MORDAZA normativo para determinar el establecimiento de las Autoridades Portuarias Regionales, las que se establecen formalmente bajo los criterios de sostenibilidad economica, descentralizacion de la planificacion portuaria y competencia interportuaria; asimismo, en el numeral 11.3 considera que acorde al analisis legal, tecnico, economico y politico realizado por la Autoridad Portuaria Nacional, ha sido posible determinar las Autoridades Portuarias Regionales, siendo una de las priorizadas la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA que comprende los puertos de alcance regional localizados en el departamento de La Libertad. Que, mediante Resolucion de Acuerdo de Directorio Nº 049-2008-APN/DIR, de fecha 12 de diciembre de 2008, se Aprueban los Lineamientos Generales para la elaboracion de los Reglamentos de Organizacion y Funciones de las Autoridades Portuarias Regionales, documento en el cual se establece la Estructura Organica basica, el Contenido, las Funciones Generales de las Autoridades Portuarias Regionales, asi como los criterios y procedimientos para la aprobacion de este documento de gestion. Que, por medio de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 2157-2011-GRLL/PRE, de fecha 4 de agosto del 2011, se resuelve designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Durango, como representante del Gobierno Regional de La MORDAZA ante el directorio de la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA, por el plazo de dos (2) anos contados a partir dicha fecha. Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 2503-2011-GRLL/PRE, de fecha 9 de setiembre de 2011, se resuelve designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Camara de Comercio y Produccion de La MORDAZA, ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA, por el plazo de dos (2) anos, contados a partir de dicha fecha. Que, con el Oficio Nº 413 ­ 2012-APNPD, de fecha 22 de octubre de 2012, el Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, comunica que, luego de la revision detallada del proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA, se han efectuado las modificaciones relacionados a las funciones asi como en la redaccion del texto con la finalidad de mejorar las precisiones necesarias para evitar la duplicidad de las mismas; motivo por el cual se remite el proyecto de ROF de la APR de La MORDAZA debidamente modificado contando con la conformidad de la Autoridad Portuaria Nacional ­ APN, con la finalidad de iniciar los tramites para su aprobacion correspondiente. Que, es de necesidad aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA, para el logro de una gestion mas agil y eficiente en lo que se refiere a competencia portuaria. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Portuaria Regional de La MORDAZA, el cual consta de Dos (2) Titulos, Tres (3) Capitulos, Cinco (5) Sub Capitulos y veintisiete (27) Articulos, contenidos en Diecinueve (19) folios, que en Anexo adjunto, forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial para que a traves de la Subgerencia