Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2013 (30/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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senala que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision. Asimismo, en concordancia con lo indicado, segun el articulo 14, numeral 14.1 de dicha ley, cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservacion del acto, procediendose a su enmienda por la propia autoridad emisora; Que, por lo anterior expuesto la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente solicita, a traves del Informe Nº 35-2013-GDUMA/MM, que se rectifique el error advertido en el decreto de alcaldia citado, puesto que en este se ha consignado la direccion "Av. 28 de MORDAZA Nº 562, Miraflores", siendo la correcta "Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - C, Miraflores"; Estando a lo expuesto y contando con la apreciacion favorable de las Gerencia de Asesoria Juridica, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente y de la Subgerencia de Catastro, en concordancia con la normatividad vigente y en aplicacion de las atribuciones conferidas segun el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Rectificar el Decreto de Alcaldia Nº 008-2013/MM de fecha 30 de setiembre de 2013, unicamente en el extremo referido a la direccion consignada en los Articulos Primero, MORDAZA y Tercero asi como en la parte considerativa del mismo, debiendo ser la correcta "Av. 28 de MORDAZA Nº 562 - C, Miraflores", quedando subsistente en todo lo demas que contiene, de conformidad a las consideraciones expuestas en el presente decreto de alcaldia. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe), asi como de la Resolucion de Subgerencia Nº 112-2013-SGCA-GDUMA/MM que forma parte integrante de este dispositivo. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1006280-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 30 de octubre de 2013

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado prescribe que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de igual modo y acuerdo al Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, asimismo el articulo IV del Titulo Preliminar de la MORDAZA en comento establece que es responsabilidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, el primer paragrafo del articulo 40º de la Ley Nº 27972 dispone que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar. Que, mediante el Informe de la referencia la Jefatura de Division de Gestion de Infraestructura manifiesta que de acuerdo a la inspeccion ocular realizada a la obra denominada Malecon el Paso se constato que existen danos superficiales como cortes a mano en los geotubos en donde existe perdida de material como desprendimiento del talud por lo que sugiere que a la brevedad posible la ejecucion de la proteccion de talud. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHIBE QUE SE TRANSITE Y/O SE PESQUE POR ENCIMA DE LOS GEOTUBOS QUE FORMAN LAS MANGAS DE PROTECCION DE LA MORDAZA DE EL PASO Articulo Primero.- PROHIBIR que se transite por encima de los geotubos que forman las mangas de proteccion de la MORDAZA de El Paso y/o se pesque en la MORDAZA en mencion, del distrito de Punta Hermosa. Articulo Segundo.- Las personas que incurran en el incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza, seran sancionadas con una multa de (01) Una Unidad Impositiva Tributaria ­ UIT. Siendo el codigo de infraccion (07-0508). Articulo Tercero.- Modifiquese e incluyase dentro del cuadro de Infraccion y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Punta MORDAZA, aprobada mediante Ordenanza Nº 167-2009-MDPH la infraccion descrita en la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- El procedimiento aplicar esta establecido en la Ordenanza Nº 167-2009 de la Municipalidad de Punta Hermosa. Articulo Quinto.- DISPONER, la difusion de la presente Ordenanza Municipal, a traves de la Oficina de Secretaria General e Imagen Institucional y la publicacion en el MORDAZA institucional a la Unidad de Informatica de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA . Articulo Sexto.- DISPENSAR, del tramite de aprobacion y lectura del Acta, para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1006709-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Prohiben que se transite y/o pesque por encima de los geotubos que forman las mangas de proteccion de la MORDAZA de El Paso
ORDENANZA 249-2013-MDPH Punta MORDAZA, 23 de agosto del 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha de MORDAZA del 2013, el Informe Nº 400-2013-DGPISP-DUCT de fecha 22 de agosto del 2013, emitido por la Jefa de la Division de Gestion de Proyecto de Infraestructura Social y Productiva ­Desarrollo MORDAZA y Control Territorial, y el Informe Nº139-2013-MDPH/OAJ; y,