Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2013 (30/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

El Peruano Miercoles 30 de octubre de 2013

1001899-1

Aprueban modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica de Iquitos de la que es titular Electro Oriente S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 466-2013-MEM/DM
MORDAZA, 22 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 33010793, presentado por la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000601 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Maynas, y su solicitud de modificacion de autorizacion para la generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 052-94EM/DGE de fecha 08 de febrero de 1994, se otorgo la autorizacion a favor de la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica de Iquitos, con una potencia instalada de 47,50 MW, ubicada en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto; Que, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2317831 del 07 de agosto de 2013, la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. solicito la modificacion de su autorizacion de generacion de energia electrica, que consiste en el incremento de su potencia instalada de 47,50 MW a 84,38 MW, a consecuencia del remplazo de unidades existentes por otras nuevas y la instalacion de otras nuevas unidades, resultando actualmente trece (13) unidades de generacion existentes y tres (03) unidades de generacion por instalar; Que, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, la Direccion General de Electricidad ha emitido opinion favorable con el Informe Nº 645-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, el literal e) del articulo 69 de su Reglamento y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0612006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la modificacion de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica de Iquitos de la que es titular EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., incrementando su potencia instalada de 47,50 MW a 84,38 MW, por las razones y fundamentos tecnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., debera instalar las tres (03) unidades de generacion, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, en el que esta previsto la puesta en

marcha de las referidas unidades de generacion de la Central Termica de Iquitos para el 20 de MORDAZA de 2014. El incumplimiento de la ejecucion de dichas obras de acuerdo con el cronograma presentado, conllevara a la cancelacion de la modificacion de autorizacion. Articulo 3.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeto el titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, la Resolucion Ministerial Nº 052-94-EM/DGE y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

1004157-1

Aprueban transferencia de concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion electrica de futura Central Eolica Huarmey
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 476-2013-MEM/DM
MORDAZA, 25 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 27314312, organizado por PERU ENERGIA RENOVABLE S.A., sobre concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Huarmey, y la solicitud de transferencia de concesion, presentada a su favor por ENERGIA RENOVABLE DEL CENTRO S.A. CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 2682012-MEM/DM, publicada el 14 de junio de 2012, se otorgo a favor de PERU ENERGIA RENOVABLE S.A. concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Huarmey; Que, mediante el documento presentado con fecha 04 de octubre de 2013, bajo el Registro Nº 2332336, ENERGIA RENOVABLE DEL CENTRO S.A. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe a su favor, la transferencia de la concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Huarmey; Que, como sustento de su solicitud, presento un Contrato de Transferencia, suscrito el 03 octubre de 2013, mediante el cual PERU ENERGIA RENOVABLE S.A. transfiere a favor de ENERGIA RENOVABLE DEL CENTRO S.A. la concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica Huarmey; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, luego de verificar que se ha producido una transferencia privada de la concesion temporal que nos ocupa, y estando a lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a ENERGIA RENOVABLE DEL CENTRO S.A., quien debera incorporar en la Escritura Publica del citado Contrato de Transferencia, el texto de la presente Resolucion Ministerial; Estando a lo expuesto de acuerdo con el Informe Nº 680-2013-DGE-DCE y conforme a lo dispuesto en los articulos 1435 y 1436 del Codigo Civil; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;