Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2013 (30/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2013

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en la necesidad de implementar como ocupadas las plazas de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel Remunerativo F5, Gerente Sub Regional; Director de Sistema Administrativo II, Nivel Remunerativo F3, Director de Planificacion y Presupuesto; Director de Sistema Administrativo II, Nivel Remunerativo F3, Director de Administracion y Director de Sistema Administrativo II, Nivel Remunerativo F3, Director de Infraestructura y Medio Ambiente, sin que ello varie el numero total de cargos aprobados desde su constitucion como Gerencia Sub Regional. Que, el indicado documento de gestion de la Gerencia Sub Regional de Utcubamba, ha sido formulado, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que senala: que para la elaboracion del CAP, las entidades deberan seguir los criterios y disposiciones que se detallan a continuacion: a) se formula a partir de la estructura organica debidamente aprobada por el ROF de la Entidad, b) Debe observar las disposiciones sobre clasificacion de cargos que se encuentran vigentes. Que, con Dictamen Nº 003-2013-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-COPPy AT, de fecha 15 de MORDAZA del 2013, la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Amazonas, contando con la opinion tecnica favorable de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informatica del Gobierno Regional Amazonas, y con la opinion legal favorable de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, ha propuesto al pleno del Consejo Regional Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP modificado de la Gerencia Sub Regional de Utcubamba, por encontrarse arreglada a ley. Que, el literal o) del Articulo 21º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece, que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 08, mediante Acuerdo Nº 076, de fecha 17 de MORDAZA del 2013, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Artº 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP modificado de la Gerencia Sub Regional de Utcubamba, que en 09 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 18 dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 19 ABR. 2013. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 942816-1

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF y el Cuadro para Asignacion de Personal CAP de la Direccion Regional Agraria de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 325-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del capitulo XIV del titulo IV sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias, Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision, organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los Articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad territorial, legalidad y simplificacion administrativa. Que segun lo dispuesto en el Inc. a) articulo 15º concordante con el articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley Nº 27902, el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de caracter Institucional, de interes publico y ciudadano a traves de Ordenanzas Regionales. Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales establece: Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), estableciendose en su Articulo 1º de dicha norma: Que todas las entidades del Sector Publico MORDAZA del Gobierno Nacional, Regional o Local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta MORDAZA para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), la misma MORDAZA en el numeral 14.5 del Articulo 14º, precisa que los MORDAZA para Asignacion de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales se aprueban mediante Ordenanza Regional. Que, con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones en las Entidades de la Administracion Publica, el mismo que establece que el ROF es un documento tecnico normativo de gestion que debe contener una adecuada estructura organica de la Entidad y definicion de sus funciones y las de los organos que la integran, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica, que establece la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identificar las responsabilidades especificas de las entidades publicas y sus unidades organicas. Que, el Director Regional de Agricultura, ha tramitado a este Gobierno Regional para su aprobacion por el