Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2013 (29/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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VERTICE 4 5 6 7 8 ESTE 831 080 818 533 814 533 814 533 818 533

NORMAS LEGALES
NORTE 9 343 836 9 343 836 9 347 836 9 349 836 9 349 836

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de marzo de 2013

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 916446-1

no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 026-2013/COE-TC, del 21 de marzo de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires, el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA ANDREU MORDAZA, formulada por el Primer Juzgado Penal de Andahuaylas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra el Patrimonio, en las modalidades de Usurpacion agravada y Dano agravado, en perjuicio de MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 918215-7 RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2013-JUS MORDAZA, 28 de marzo de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 027-2013/ COE-TC, del 25 de marzo de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano WILLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 27 de febrero de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano WILLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas agravado, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 29-2013); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos peruanos y disponen su MORDAZA a la Republica MORDAZA y al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 031-2013-JUS MORDAZA, 28 de marzo de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 026-2013/ COE-TC, del 21 de marzo de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica MORDAZA de la ciudadana peruana MORDAZA ANDREU MORDAZA, formulada por el Primer Juzgado Penal de Andahuaylas de la Corte Superior de Justicia de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 07 de marzo de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA ANDREU MORDAZA, para ser procesada por la presunta comision del delito contra el Patrimonio, en las modalidades de Usurpacion agravada y Dano agravado, en perjuicio de MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA (Expediente Nº 32-2013); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o