Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2013 (11/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487919

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en la Comunidad Campesina Qquescay, Centro Poblado Q'eros y Caserio de Marcopata Bajo, Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 015 - 2013 - CE - PJ MORDAZA, 29 de enero de 2013 VISTOS: El Oficio N° 194-2012-ODAJUP-CSJC-PJ, elaborado por el Coordinador de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del Distrito Judicial de MORDAZA, Oficio N° 697-2012-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Oficio N° 150-2013-GG-PJ e Informe N° 011-2013-SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Qquescay, Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento de MORDAZA, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripcion.

Segundo. Que la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 543 habitantes, segun el Padron de Electores de la Comunidad Campesina, y que comprende ademas al Anexo Huacahuani. Asi como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el organo jurisdiccional mas proximo esta ubicado en la localidad de Paucartambo, a 22 kilometros de distancia, recorridos en 4 horas a pie aproximadamente; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia. Tercero. Que el Informe N° 011-2013-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Qquescay, Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento y Distrito Judicial de Cusco; consignandose su competencia territorial. Cuarto. Que por el numero de habitantes de las comunidades a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 0322013 de la cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, sin la intervencion del senor Walde MORDAZA por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad.