Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2013 (24/01/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486799

del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 07 de diciembre del 2012. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente;

ORDENANZA REGIONAL
Articulo Primero.- DISPONER la creacion y funcionamiento de la "Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de Tacna" y su implementacion progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestario del Gobierno Regional de Tacna. Articulo Segundo.- La Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de Tacna estara conformada por las Instituciones Publicas y Privadas siguientes: 1. El Gobierno Regional de Tacna; quien la preside. 2. La Confederacion Nacional de las Personas con Discapacidad del Peru - CONFENADIP, quien actuara como Secretario Tecnico. 3. El Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS. 4. Las Direcciones Regionales Sectoriales siguientes: Educacion, Salud, Trabajo y Promocion del Empleo, Transportes y Comunicaciones, asi como Vivienda, Construccion y Saneamiento de Tacna. 5. La Corte Superior de Justicia de Tacna. 6. El Ministerio Publico de Tacna. 7. La Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza. 8. Las Organizaciones del Ambito Regional de las Personas con Discapacidad. 9. La Municipalidad Provincial de Tacna a traves de sus organismos competentes. 10. La Municipalidad Provincial de MORDAZA Basadre a traves de sus organismos competentes. 11. La Municipalidad Provincial de Tarata a traves de sus organismos competentes. 12. La Municipalidad Provincial de Candarave a traves de sus organismos competentes. 13. Las Municipalidades Distritales de la Region Tacna. 14. El Seguro Social de Salud - ESSALUD. 15. CARITAS ­ Tacna. 16. Las Universidades de la Region Tacna. 17. La Camara de Comercio, Industria, Produccion de Tacna. Articulo Tercero.- La Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de Tacna, tendra como objetivo institucionalizar la participacion de la ciudadania en el diseno, toma de decisiones y fiscalizacion de la politica social del Estado, a fin de promover y garantizar el desarrollo inclusivo de las personas con discapacidad en el ambito Regional. Articulo Cuarto.- DECLARAR dentro de las prioridades del Desarrollo Social Regional, la prevencion y atencion de las personas con discapacidad, asi como la formulacion y posterior aprobacion e implementacion del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad 2013-2021, debiendo incorporarse dicho instrumento normativo al Plan de Desarrollo Concertado de la Region Tacna. Articulo Quinto.- La Mesa Regional por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Region de Tacna, propondra al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, las normas de alcance regional que coadyuven a impulsar el cumplimiento de las normas nacionales pertinentes y sancionar su incumplimiento de manera ejemplar. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna, la implementacion de la presente Ordenanza Regional, otorgandosele un plazo de 30 dias habiles contados a partir de su entrada en vigencia para la constitucion e instalacion de la "Mesa Regional por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Region de Tacna".

Las Instituciones Publicas y Privadas que integran la mesa deberan acreditar a sus representantes mediante acto resolutivo, en un plazo no mayor de 15 dias contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. Articulo Setimo.- La Mesa Regional por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Region de Tacna en un plazo no mayor de 30 dias habiles contados a partir de la fecha de su constitucion, propondra al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna el texto de su correspondiente reglamento interno para su respectiva aprobacion mediante ordenanza regional. Articulo Octavo.- La Mesa por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de Tacna MORDAZA cuenta trimestralmente al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna del trabajo que realice y de los objetivos alcanzados. Articulo Noveno.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia siete de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia once de enero de 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

892038-1

Aprueban Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2013 del Gobierno Regional Tacna
ORDENANZA REGIONAL N° 017-2012-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de diciembre del ano dos mil doce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion y la Ley Nº 28607, en su el articulo 191 senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, en su articulo 192 inciso 1) prescribe: "Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: 1) Aprobar su organizacion interna y su presupuesto", en tanto que en el articulo 199 establece que: "(...) los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos, con