Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2013 (22/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 22 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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las Fuerzas Armadas, por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 22 al 30 de enero de 2013, a fin de participar en reuniones de coordinacion para la ejecucion de futuras actividades de ayuda civico militar y ayuda humanitaria en diferentes localidades del pais; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 22 de enero al 28 de febrero de 2013, a fin que participen en reuniones de coordinacion para la ejecucion de futuras actividades de ayuda civico militar y ayuda humanitaria en diferentes localidades del pais. 1. 2. 3. 4. Capitan MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OSMANSKI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Mayor MORDAZA Hobert OLIVEIRA Lisboa de la Republica Federativa del Brasil, del 22 de enero al 5 de MORDAZA de 2013, con la finalidad que participe en el Curso Superior de Operaciones Psicologicas. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban la Directiva N° 001-2013MIDIS, Procedimientos Generales para la Operatividad del Modelo de Cogestion para la Atencion del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 016-2013-MIDIS

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

891975-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2013-DE/SG
MORDAZA, 21 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nos. 1004 y 035 del 27 de diciembre de 2012 y 17 de enero de 2013, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 18042/DIE/D-7/03.04.02 del 8 de enero de 2013, el Director de Inteligencia del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 22 de enero al 5 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en el Curso Superior de Operaciones Psicologicas; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso

MORDAZA, 21 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social como organismo rector de las politicas nacionales en materia de desarrollo social, superacion de la pobreza y promocion de la inclusion y equidad social, asi como de la proteccion social de poblaciones en situacion de riesgo, vulnerabilidad y abandono; Que, la citada Ley senala que el sector desarrollo e inclusion social comprende a todas la entidades del Estado de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las politicas nacionales en materia de promocion del desarrollo social, la inclusion y la equidad social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, se creo el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, cuyo proposito es brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los habitos de consumo locales, cogestionado