Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2013 (31/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 31 de agosto de 2013

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de Envio de la referencia, debemos precisar lo senalado por la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, cuyo Articulo Nº 38, numeral 5 prescribe: "38.5 Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3." Que, segun refiere la Direccion de Asesoria Legal, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM por medio del cual se aprueban los lineamientos para la elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, senala en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria, numeral 7 sobre la modificacion o aprobacion de MORDAZA MORDAZA hasta la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29060, que solo se podran aprobar las modificaciones a que se refieren el Articulo Nº 36 numeral 3 y Articulo Nº 38 numeral 5 de la ya citada Ley; Que, de acuerdo a lo senalado por el Decreto Supremo mencionado en su Articulo Nº 5, se cuenta con el Informe Tecnico de la Direccion de Planificacion como organo responsable de la conduccion del MORDAZA de elaboracion y formulacion del MORDAZA y de la misma manera la Direccion Administrativa mediante su opinion tecnica ha sustentado la reduccion correspondiente al costo de matricula, en observancia de lo senalado en el Articulo Nº 7 del referido Decreto Supremo; Que, la Direccion de Asesoria Legal precisa, mediante Informe Nº 232-2013-DAL-ENSABAP que el Procedimiento Nº 2: "Matricula regular", 2.2 "Para alumnos regulares" comprendido en nuestro MORDAZA institucional observa el MORDAZA de legalidad tal como lo dispone la Ley Nº 27444 y su modificacion no implica un incremento de derechos de tramitacion o requisitos; Que, con fecha 09 de agosto del presente ano, el Consejo Ejecutivo de la ENSABAP aprobo por unanimidad la reduccion del costo de la matricula de S/. 251.80 al monto de S/. 215.00 disponiendose la emision de la respectiva Resolucion Directoral; Que mediante Informe Nº 021-2013-SG-ENSABAP la Secretaria General emite opinion favorable para la modificacion del procedimiento Nº 2: "Matricula regular", 2.2 "Para alumnos regulares" comprendido en nuestro MORDAZA, en atencion a los Informes de la Direccion Administrativa, Direccion de Planificacion, Direccion de Asesoria Legal y el acuerdo de Consejo Ejecutivo correspondiente a la sesion del 09 de agosto del presente ano; Estando a lo dispuesto y con las visaciones respectivas; y, De conformidad con las normas acotadas, Decreto Supremo Nº 015-2009-ED y Resolucion Directoral Nº 3382009-ENSABA que aprueban el Estatuto y Reglamento General de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FORMALIZAR, la modificacion del Procedimiento Nº 2: "Matricula regular", 2.2 "Para alumnos regulares" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la ENSABAP, en cuanto al costo de la matricula de S/. 251.80; DISPONIENDOSE la reduccion del mismo al monto de S/. 215.00, a hacerse efectivo a partir del Semestre Academico 2013-2. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Direccion Administrativa proceda a la publicacion de la presente resolucion directoral en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico Institucional (www.ensabap.edu.pe), asi como en cada uno de los locales de la ENSABAP. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General proceda a la difusion de la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas de la Presidencia del Consejo de Ministros, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Senor de Luren S.A. el cierre de oficina compartida, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 5064-2013
MORDAZA, 21 de agosto de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Senor de Luren S.A., para que se le autorice el cierre de la oficina compartida ubicada en el Jr. Comercio Nº 626, distrito de Chala, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentacion pertinente para el cierre de la oficina compartida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Senor de Luren S.A. el cierre de la oficina compartida ubicada en el Jr. Comercio Nº 626, distrito de Chala, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas

981585-1

Autorizan la organizacion de la empresa Ohio National Seguros de MORDAZA S.A. que operaria en el Ramo de Seguros de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 5066-2013
MORDAZA, 21 de agosto de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Ohio National Sudamerica S.A., para la organizacion de una empresa de seguros que operaria en el Ramo de Seguros de MORDAZA, a denominarse "OHIO NATIONAL SEGUROS DE MORDAZA S.A.", y,

981715-1