Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2012 (21/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2012

En Huancavelica a los ocho dias del mes de Marzo del dos mil doce. ERNAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a quince dias del mes de Marzo del ano Dos Mil Doce. MACISTE A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACION DE LA OFICINA REGIONAL DE LA JUVENTUD, CULTURA Y DEPORTE, DENTRO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico con autonomia politica, economica y administrativa teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, la Ley Nº 27802 - Ley del Consejo Nacional de la Juventud, en el Articulo V del Titulo Preliminar, del MORDAZA de Participacion manifiesta que "El Estado promueve la participacion de los jovenes en la MORDAZA politica, economica cultural y social de la Nacion. Promueve la participacion organizada de la juventud como organo de consulta y coordinacion en materia de juventud, a nivel del gobierno local, regional y nacional". El Decreto Supremo Nº 0612005-PCM, indica que "los Lineamiento de politicas son las lineas que marcan la direccion de la intervencion del Estado peruano para favorecer el desarrollo de los jovenes y utilizar sus capacidades, en relacion a las potencialidades del contexto y del entorno local y nacional, para la construccion de un MORDAZA MORDAZA, equitativo, descentralizado y con plena participacion de todos sus ciudadanos". Que, el Articulo 2º Inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru senala, los derechos fundamentales de la persona, que toda persona tiene derecho a "A la MORDAZA de creacion intelectual, artistica, tecnica y cientifica, asi como la propiedad de dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la Cultura y fomenta su desarrollo y difusion"; Que, la Ley Nº 28036 Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, en su Articulo Nº 1) sustenta como MORDAZA fundamental del deporte "1.La promocion y desarrollo de la educacion fisica, la recreacion y el deporte como actividad de interes nacional, 2. Propiciar el acceso de la persona humana a la actividad deportiva, recreativa y la educacion fisica" y en su Articulo Nº 6) en el Sistema Deportivo Nacional reconoce como organismo publico estructurado e integrado funcionalmente, que articulan y desarrollan la actividad deportiva a los Gobiernos Regionales a traves de los Consejos Regionales del Deporte. Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional. ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la Creacion de la Oficina Regional de la Juventud, Cultura y Deporte, adscrita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, como ente operativo dentro de la estructura organica del Gobierno Regional de Huancavelica. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementacion operativa, presupuestal y funcional de dicha Oficina Regional. Articulo Tercero.- FACULTAR al Ejecutivo Regional aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias mediante Decreto Regional, dando cuenta del mismo al Consejo Regional en su oportunidad. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion.

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Aprueban el Plan Regional de Igualdad de Genero 2012-2017 (PRIG)
ORDENANZA REGIONAL Nº 200-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 8 de marzo de 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE GENERO DE HUANCAVELICA 2012-2017
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico con autonomia politica, economica y administrativa teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, la Ley Nº 28983 - "Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones", establece en sus Articulos 3º y 6º que es potestad del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptar politicas, planes y programas, integrando de manera transversal los principios de la Ley referidos a: "a) El reconocimiento de la equidad de genero, desterrando practicas, concepciones y lenguaje que justifiquen la superioridad de alguno de los sexos, asi como todo MORDAZA de discriminacion y exclusion sexual y social. b) La prevalencia de los derechos humanos, en su MORDAZA integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de su ciclo de vida. c) El respeto a la realidad pluricultural, multilingue y multietnica, promoviendo la inclusion social, la interculturalidad, el dialogo e intercambio y enriquecimiento mutuo. d) El reconocimiento y respeto a los ninos, ninas, adolescentes, jovenes, personas adultas y personas con discapacidad o grupos etareos mas afectados por la discriminacion"; Que, el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, establece garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles y politicos de las mujeres y el acceso equitativo a oportunidades, debiendo para ello asegurarse esta participacion con medidas afirmativas como la cuota de genero, planea lineamientos de politicas publicas, cuya vision es que el Estado garantice "la equidad de genero, es decir, la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones y la efectiva proteccion de los derechos humanos y el pleno desarrollo de las potencialidades y capacidades individuales y colectivas, de manera coordinada y concertada con la Sociedad Civil; Que, en el Acuerdo Nacional suscrito en MORDAZA de 2002 por organizaciones de la Sociedad Civil y el Estado, con