Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2012 (11/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476005

7.4 RETIRO DE LOS Y LAS INTERPRETES DE EL REGISTRO 7.4.1 Las entidades promotoras que contraten los servicios de los y las interpretes inscritos en EL REGISTRO deberan comunicar al Viceministerio de Interculturalidad sobre el cumplimiento y desempeno en el ejercicio de las funciones de dichos interpretes. 7.4.2 El incumplimiento de sus funciones, la comision de algun ilicito o alguna vulneracion a los principios y reglas del MORDAZA de consulta previa daran lugar a las acciones administrativas y/o legales correspondientes. Como consecuencia de ello, el o la interprete podra ser inhabilitado y/o retirado de EL REGISTRO, de forma temporal o permanente segun sea evaluado por el organo competente del Viceministerio de Interculturalidad. 7.4.3 Los y las interpretes pueden solicitar su retiro voluntario de EL REGISTRO, sin expresion de causa alguna. VIII. DISPOSICION COMPLEMENTARIA El Viceministerio de Interculturalidad, se encuentra facultado para adoptar las acciones y dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicacion de la presente Directiva. IX. ANEXOS A) Formatos para la inscripcion: - Solicitud de inscripcion (ANEXO 1) - DJ de no tener antecedentes penales (ANEXO 2) - Carta de compromiso de neutralidad (ANEXO 3) - Ficha de informacion personal del interprete (ANEXO 4) B) Formato para la renovacion: - Solicitud de renovacion (ANEXO 5) - Declaracion Jurada actualizada de no tener antecedentes penales (ANEXO 6) - Ficha de informacion personal actualizada del interprete (ANEXO 7) - Declaracion Jurada de haber cumplido con el compromiso de neutralidad (ANEXO 8). ANEXO 1 SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE INTERPRETES DE LAS LENGUAS INDIGENAS U ORIGINARIAS 1. MORDAZA Solicitud de inscripcion en el Registro de Interpretes de las Lenguas Indigenas u Originarias 2. CATEGORIA A LA QUE DESEA INSCRIBIRSE (MARCAR SOLO UNA MORDAZA CON UN ASPA) a. Traductor b. Interprete c. Traductor e interprete 3. DEPENDENCIA A QUIEN SE DIRIGE Viceministerio de Interculturalidad 4. FECHA DE LA SOLICITUD (dia, mes y ano): ___________________________________________ 5. DATOS DEL SOLICITANTE Apellidos y nombres: ___________________________________________

Documento Nacional de Identidad (DNI): ___________________________________________ Numero de RUC: ___________________________________________ Direccion: ___________________________________________ Distrito: ____________________________________ Provincia: ___________________________________________ Departamento: ___________________________________________ Numero de Telefono Fijo: ______________________ Numero de Telefono Movil: _____________________ Correo electronico: ___________________________ 6. DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA: MORDAZA simple de DNI MORDAZA simple de la MORDAZA de aprobacion de la capacitacion en consulta previa y desarrollo de competencias para la interpretacion y traduccion expedida por el Ministerio de Cultura Declaracion Jurada de carecer de antecedentes penales Dos fotografias tamano pasaporte a color en fondo MORDAZA Ficha de informacion personal del solicitante Carta de compromiso de neutralidad Curriculum Vitae 7. DECLARACION JURADA DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS SENALADOS EXPRESAN LA VERDAD _____________________ Apellidos y Nombres ____________________ Firma del solicitante

Asimismo, autorizo que todo acto administrativo derivado del presente procedimiento, se me notifique en el correo electronico (E-mail) consignado en el presente formulario. (Ley N° 27444, numeral 20.4 del NO articulo 20°) SI ACLARACION SOBRE FALSEDAD DE LA INFORMACION DECLARADA El numeral 32.3 del articulo 32° de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala: "En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaracion, informacion o en la documentacion presentada por el administrado, la entidad considerara no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerarquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaracion, informacion o documento; imponga a quien MORDAZA empleado esa declaracion, informacion o documento una multa en favor de la entidad entre dos y cinco Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago; y, ademas, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Titulo XIX Delitos contra la Fe Publica del Codigo Penal, esta debera ser comunicada al Ministerio Publico para que interponga la accion penal correspondiente."