Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2012 (30/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Sierralta MORDAZA como miembro del Directorio del Banco de la Nacion, en representacion del Poder Ejecutivo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Gasha Tamashiro como miembro del Directorio del Banco de la Nacion, en representacion del Poder Ejecutivo. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al ultimo trimestre del ejercicio 2011 y al mes de febrero del 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 244-2012-EF/15
MORDAZA, 28 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por las Leyes Nº 28323 y Nº 29788, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los sujetos de la actividad minera MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, modificado por el Decreto Supremo Nº 209-2011-EF, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas determinara los indices de distribucion de la regalia minera del ultimo mes y/o del ultimo trimestre, segun sea el caso, los que seran aprobados mensualmente a traves de una Resolucion Ministerial; Que, la Unica Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29788, Ley que modifica la Ley Nº 28258, Ley de Regalia Minera, establece que, los sujetos de la actividad minera, deberan declarar y efectuar el pago definitivo de la regalia correspondiente al ultimo trimestre del ejercicio 2011, dentro de los ultimos doce dias habiles del mes de febrero de 2012, en la forma y condiciones que establezca la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT. Dicha declaracion debera contener la determinacion de la utilidad operativa. De resultar un monto por pagar, debera cancelarse en el plazo MORDAZA senalado; por el contrario, de resultar que los anticipos exceden a la regalia por pagar, dicho monto en exceso se aplicara contra la regalia que venza con posterioridad a la MORDAZA de la declaracion jurada en que aquella fue determinada; Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 209-2011-EF, que modifica el Reglamento de la Ley de Regalia Minera, establece que de resultar un monto por distribuir, luego de la declaracion y pago definitivo de la regalia correspondiente al ultimo trimestre del ejercicio 2011, con toda la informacion a que se refiere el numeral 16.4 del articulo 16º del Reglamento, el Ministerio de Economia y Finanzas determinara los indices de distribucion de la regalia minera de dicho trimestre, los que seran aprobados a traves de una Resolucion Ministerial;

Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales de este ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante los Oficios Nºs 188-2011-INEI/DTDIS y 0772012-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 034-2012-SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante los Oficios Nºs 0073-2010-SE-DGPU-DPIDI/ANR y 0023-2012-SEDGPU/DE, la Direccion General Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondiente a los montos por distribuir luego de la declaracion y pago definitivo de la regalia correspondiente al ultimo trimestre del ejercicio 2011 y para la determinacion de los indices de distribucion de la regalia minera del mes de febrero de 2012, segun lo indicado en el Informe Nº 037-2012-EF/64.03; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los indices de distribucion de la regalia minera correspondiente a los montos por distribuir luego de la declaracion y pago definitivo de la regalia correspondiente al ultimo trimestre del ejercicio 2011 y los indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de febrero de 2012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 Ley de Regalia Minera y sus modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondiente a los montos por distribuir luego de la declaracion y pago definitivo de la regalia correspondiente al ultimo trimestre del ejercicio 2011, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo 01 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de febrero de 2012, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo 02 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondiente a los montos por distribuir luego de la declaracion y pago definitivo de la regalia correspondiente al ultimo trimestre del ejercicio 2011 y de la Regalia Minera correspondiente al mes de febrero de 2012 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos a que se refieren los articulos 1º y 2º seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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