Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

Que, mediante el Informe de visto, el Presidente del Consejo del Notariado pone en conocimiento del Despacho Ministerial el resultado final del Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial Nº 001-2011-CNA, convocado por el Colegio de Notarios de Ancash; Que, conforme consta en las actas del MORDAZA Calificador del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2011CNA, convocado por el Colegio de Notarios de MORDAZA, remitidas al Consejo del Notariado por el Secretario del MORDAZA Calificador y luego de haberse cumplido con las distintas fases del mismo, el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESQUINARILA, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, distrito notarial de Ancash; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; y, el Decreto Supremo Nº 015-2008-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2010-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESQUINARILA como Notario Publico del distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, distrito notarial de MORDAZA, debiendo expedirse para tal efecto el Titulo correspondiente. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de MORDAZA y al interesado para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 745305-5

Que, el numeral 1 del articulo 36 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo establece que las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos. Se crean formalmente por resolucion ministerial del titular a cuyo ambito de competencia corresponden; Que, en ese sentido, resulta necesario conformar una Comision Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF asi como todos los instrumentos de gestion correspondientes al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constitucion y objeto Constituyase la Comision Sectorial encargada de la elaboracion de los proyectos de instrumentos de gestion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Articulo 2.- De la conformacion de la Comision Sectorial La Comision Sectorial estara conformada por: - La Secretaria o el Secretario General, quien lo preside; - Un representante de la Ministra o Ministro de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; - La Viceministra o el Viceministro de la Mujer o su representante; - La Viceministra o el Viceministro de Poblaciones Vulnerables o su representante; y, - La Directora o el Director General de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, quien actuara como Secretaria (o) Tecnica (o). Asimismo, la Comision Sectorial podra invitar a participar a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, al Centro Nacional de Planeamiento Estrategico, entre otros tecnicos especializados del Poder Ejecutivo, asi como solicitar el apoyo de entidades privadas y de cooperacion internacional a fin de lograr el perfeccionamiento de los citados instrumentos de gestion. Articulo 3.- Inicio La Comision Sectorial iniciara sus funciones en un plazo no mayor de tres (3) dias habiles a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion ministerial. Articulo 4.- Informe La Comision Sectorial elevara a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un informe conteniendo el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF y sus documentos de sustento, en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 745389-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Constituyen la Comision Sectorial encargada de la elaboracion de los proyectos de instrumentos de gestion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCION MINISTERIAL N° 001-2012-MIMP MORDAZA, 24 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, publicado el 20 de enero de 2012, se ha aprobado la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Legislativo dispone que el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se someta a consideracion del Consejo de Ministros para su aprobacion mediante Decreto Supremo, en un plazo no mayor a noventa (90) dias habiles posteriores a la publicacion de la ley, siendo que en tanto no se apruebe dicho Reglamento continua vigente el actual Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES y demas instrumentos de gestion, y sus modificatorias, en lo que corresponda;

Designan presidentes de Directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica de Ica, Nasca y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 002-2012-MIMP MORDAZA, 24 de enero de 2012 Visto, el Oficio N° 1708-2011-INABIF.DE de la Direccion Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 778-2006MIMDES se designo a la senora Luz MORDAZA MORDAZA de