Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2012 (01/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

471765

VISTOS: Memorando Nº 201-2012-DAL-ENSABAP del 26 de MORDAZA de 2012, Memorando Nº 225-2012-SGENSABAP/LGZR del 25 de MORDAZA de 2012, Informe Nº 014-2012-DP-ENSABAP, Informe Nº 105-2012-DALENSABAP, Memorando Nº 650-2012-DOA-ENSABAP, y, CONSIDERANDO: Que, la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, es una Institucion Publica de Educacion Superior, con autonomia academica, economica y administrativa; por mandato expreso de la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley General de Educacion Nº 28044, modificada por la Ley Nº 28329; Que, con fecha 24 de junio de 2010, la Asamblea General de la ENSABAP, ha elegido conforme a lo dispuesto en el Estatuto, al Sr. MORDAZA MORDAZA Cortes Carcelen, como Director General de la ENSABAP; Que, mediante el Informe Nº 014-2012-DP-ENSABAP, la Direccion de Planificacion remite el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru y solicita su aprobacion. Que, mediante el Informe Nº 105-2012-DAL-ENSABAP y el Memorando Nº 650-2012-DOA-ENSABAP, la Direccion de Asesoria Legal y la Direccion Administrativa respectivamente otorgan la conformidad al proyecto de MORDAZA elaborado por la Direccion de Planificacion. Que, sobre el particular, de acuerdo a lo senalado en los numerales 1) y 2) del Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es el documento que contiene todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal y la descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realizacion completa de cada procedimiento. Que, de conformidad con el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento del Silencio Administrativo, se aprueba, en el caso de las Universidades Publicas, mediante Resolucion del Titular de la Entidad el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, con fecha 25 de MORDAZA del presente ano, el Consejo Ejecutivo de la ENSABAP otorgo su conformidad para la aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), mediante la emision de la Resolucion Directoral correspondiente; Que, la Ley Nº 29091 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, establecen la obligatoriedad de publicacion y difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y la resolucion que lo aprueba; Estando a lo dispuesto y con las visaciones respectivas; y, De conformidad con los dispositivos legales acotados; el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009-ED y con Resolucion Directoral Nº 338-2009-ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, el que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion directoral. Articulo Segundo.- DISPONER que la Direccion Administrativa proceda a la publicacion de la presente resolucion directoral en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA web institucional. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General proceda a la difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el MORDAZA de

Servicios al Ciudadano y Empresas de la Presidencia del Consejo de Ministros, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en otros medios conforme a la normatividad vigente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Director General
820706-1

Autorizan viaje de Director del Laboratorio Nacional de Hidraulica de la UNI a Costa Rica, en comision de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 1140

MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 Visto el Oficio Nº 200/2012-LNH de fecha 10 de MORDAZA de 2012, del Director del Laboratorio Nacional de Hidraulica; CONSIDERANDO: Que, el Colegio de Ingenieros Civiles de Costa Rica (CIC) y la Division Latinoamericana de la IAHR vienen organizando el XXCV Congreso Latinoamericano de Hidraulica (LAD), el cual se llevara a cabo del 09 al 12 de setiembre de 2012, en San MORDAZA de Costa Rica; Congreso en el que participaran destacados profesionales y reunira a un importante grupo de expertos que presentaran trabajos tecnico-cientificos, enfocandose en el papel central que tiene la ingenieria hidraulica y la hidroinformatica en el manejo sostenible del recurso hidrico y como este lo vincula con aspectos mas generales de la gestion ambiental, desde el manejo de cuencas hasta el manejo de costas y estuarios; Que, el Director del Laboratorio Nacional de Hidraulica mediante el oficio de visto, solicita al Rector se autorice el viaje al exterior del 08 al 13 de setiembre de 2012, para que asista en calidad de miembro y ponente al XXCV Congreso Latinoamericano de Hidraulica (LAD); adjuntando el presupuesto correspondientes a los gastos por viaticos por alimentacion, hospedaje y movilidad local, y al Transporte Aereo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el articulo 52º inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. MORDAZA Kuroiwa MORDAZA Director del Laboratorio Nacional de Hidraulica, del 08 al 13 de setiembre de 2012, en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria, para que asista en calidad de miembro y ponente al XXCV Congreso Latinoamericano de Hidraulica (LAD), a realizarse en San MORDAZA de Costa Rica. Articulo 2º.- Otorgar al Dr. MORDAZA Kuroiwa MORDAZA, el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuacion se indica, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participacion en el evento MORDAZA mencionado, que sera financiado a traves de los Recursos Directamente Recaudados del Laboratorio Nacional de Hidraulica: Pasaje aereo (Ida y vuelta) : S/. 3,437.50 Viaticos (US$ 180 x 06 dias) : US$ 1,080.00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentara un informe