Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2012 (01/08/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

471750

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de agosto de 2012

modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania HELINKA S.A.C., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ MORDAZA, Defensa y Proteccion de la Fauna, Fotografia, Prospeccion, Publicidad, Carga Externa e Inspeccion y Vigilancia en el sentido de incrementar material aeronautico a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral Nº 1272012-MTC/12 del 12 de MORDAZA del 2012 de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (ademas de los ya autorizados) - BK 117-B2 Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 127-2012-MTC/12 del 12 de MORDAZA del 2012 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil
814678-1

Que, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, con Resolucion Directoral N° 144-2012MTC/12 del 07 de MORDAZA de 2012 se dispuso la difusion del proyecto de MORDAZA Tecnica Complementaria "Operacion de Aeronaves con ACN superior al PCN Notificado" en la pagina web del MTC, difusion que fue efectuada el 25 de MORDAZA de 2012; Que, ha transcurrido el plazo de difusion del proyecto, sin haberse recibido comentarios al mismo; Que, la NTC "Operacion de Aeronaves con ACN superior al PCN Notificado" cuenta con opiniones favorables contenidas en el Memorando N° 367-2012MTC/12.04, Memorando N° 759-2012-MTC/12.07, Memorando N° 606-2012-MTC/12.LEG, Memorando N° 267-2012-MTC/12.08 e Informe N° 194-2012-MTC/12.08, emitidos por la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil y la Direccion de Regulacion y Promocion; Que, por lo expuesto, habiendose cumplido con el MORDAZA de elaboracion normativa que contempla la difusion del dispositivo, recepcion de comentarios y aportes de los interesados, procede la aprobacion del texto de la NTC; De conformidad con la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, la RAP 11; y, estando a lo opinado por la Direccion de Regulacion y Promocion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA Tecnica Complementaria "Operacion de Aeronaves con ACN superior al PCN Notificado" cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la MORDAZA Tecnica Complementaria aprobada en el articulo precedente, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: http://www.mtc.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil
820699-1

Aprueban MORDAZA Tecnica Complementaria "Operacion de Aeronaves con ACN superior al PCN Notificado"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 219-2012-MTC/12

Autorizan funcionamiento de la Escuela de Conductores Integrales "Transito Libre" S.A.C. a fin de impartir conocimientos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2735-2012-MTC/15

MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO:

MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru siendo competente para regular aspectos de orden tecnico y operativo a traves, entre otros, de normas tecnicas complementarias, conforme lo senala el literal d) del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, conforme a la seccion 11.230 de la RAP 11 de las Regulaciones Aeronauticas del Peru - RAP, aprobada por Resolucion Directoral No. 332-2010-MTC/12, las Normas Tecnicas Complementarias son emitidas por la Direccion General de Aeronautica Civil para regular aspectos tecnicos especificos no contemplados en las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, es necesario establecer los criterios para la operacion en el area de movimiento de los aerodromos de aeronaves con ACN superior al PCN notificado; VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 062977 y 075601, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES "TRANSITO LIBRE" SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ECI-TL S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto