Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 5º.- Disposicion derogatoria Deroguese o dejese en suspenso toda disposicion legal o administrativa de igual o inferior rango que se oponga o limite la aplicacion del presente dispositivo; asimismo, deroguese el Decreto Supremo No. 052-2011-EF. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 645127-2

y la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD); DECRETA: Articulo 1º.- Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664 Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 29664, denominado "Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado por el articulo anterior, seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Articulo 3º.- Vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Transferencia de partidas para el CENEPRED De conformidad con la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Ministerio de Economia y Finanzas transferira recursos al Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres (CENEPRED), con cargo a la reserva de contingencia, que garanticen su funcionamiento. Segunda.- Transferencia de bienes y acervo documentario del PREVEN Los bienes asignados al PREVEN y el acervo documentario del mismo, seran transferidos al patrimonio del CENEPRED. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente MORDAZA tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 29664, para desarrollar sus componentes, procesos y procedimientos, asi como los roles de las entidades conformantes del sistema. Articulo 2º.- Definiciones y normalizacion de terminologia aplicable a las funciones institucionales y procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres. Para efectos de la Ley y el presente Reglamento, se precisa el significado de los siguientes terminos: 2.1 Analisis de la vulnerabilidad: MORDAZA mediante el cual se evalua las condiciones existentes de los factores de la vulnerabilidad: exposicion, fragilidad y resiliencia, de la poblacion y de sus medios de vida. 2.2 Asistencia Humanitaria: Es el conjunto de acciones oportunas, adecuadas y temporales que ejecutan las entidades integrantes del SINAGERD en el MORDAZA de sus competencias y funciones, para aliviar el sufrimiento, garantizar la subsistencia, proteger los derechos y

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD)
DECRETO SUPREMO Nº 048-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y preparacion y atencion ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres. Que, la mencionada MORDAZA dispone que el Poder Ejecutivo elabore su reglamento para ser aprobado mediante decreto supremo, dentro de un plazo de noventa (90) dias habiles contado a partir de la publicacion de la Ley. Que, mediante Resolucion Ministerial N° 77-2011PCM se constituyo un Grupo de Trabajo adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de elaborar el reglamento de la Ley Nº 29664; siendo el caso que dicho grupo ha concluido su labor a la fecha, entregando una propuesta de reglamento. Que, en tal sentido, corresponde emitir el reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), para desarrollar sus componentes y procesos, asi como los roles de las entidades conformantes del sistema, entre otros aspectos, sobre la base del texto elaborado por el Grupo de Trabajo constituido mediante la Resolucion Ministerial N° 77-2011-PCM. De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 3 del articulo 11º de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo,