Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2011 (02/06/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

443708

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de junio de 2011

autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

646954-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 428-2011-MTC/03
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2011 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 2010-028574 de fecha 15 de MORDAZA de 2010, presentada por la empresa TELEVISION CONTINENTAL S.A.C., sobre renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1058-90TC/15.17 del 18 de MORDAZA de 1990, se otorgo autorizacion por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO CONTINENTAL S.A.C., para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 18 de MORDAZA de 2000; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 003-2008MTC/03 del 3 de enero de 2008, notificado el 09 de enero de 2008, se declaro aprobada la transferencia de diversas autorizaciones otorgadas a la empresa RADIO CONTINENTAL S.A., a favor de la empresa TELEVISION CONTINENTAL S.A.C., entre las cuales se encuentra la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 1058-90-TC/15.17; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 423-2010MTC/03 del 03 de junio de 2010, notificado el 07 de junio de 2010, se renovo a la empresa TELEVISION CONTINENTAL S.A.C. su autorizacion otorgada con Resolucion Ministerial Nº 1058-90-TC/15.17 para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 18 de MORDAZA de 2010; Que, con Escrito de Registro Nº 2010-028574 del 15 de MORDAZA de 2010, la administrada solicita la renovacion de la autorizacion que le fuera renovada por Resolucion Viceministerial Nº 423-2010-MTC/15.03, con la finalidad de continuar prestando el servicio de radiodifusion autorizado; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion, situacion que ha quedado regularizada en virtud a la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, segun el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de television en VHF para

las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 3342005-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 1007-2007-MTC/03, ratificado por Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificado con Resolucion Viceministerial Nº 160-2009-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada MORDAZA, se incluye al distrito, provincia y departamento de MORDAZA, para el servicio en mencion, ubicacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 1058-90-TC/15.17; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1329-2011MTC/28, opina que procede otorgar la renovacion de autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial Nº 423-2010-MTC/03 a la empresa TELEVISION CONTINENTAL S.A.C. considerando que debe expedirse la resolucion correspondiente en donde se incluya el plazo de su vigencia; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 423-2010-MTC/03 a la empresa TELEVISION CONTINENTAL S.A.C., para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 423-2010MTC/03, en consecuencia, vencera el 18 de MORDAZA de 2020. Articulo 3º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo, asimismo debera efectuar, en forma anual, el monitoreo de la referida estacion. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

646955-1

Otorgan autorizaciones a personas naturales para servicio de radiodifusion sonora comercial y educativa en localidades de los departamentos de Pasco y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 429-2011-MTC/03
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2011