Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2009 (14/09/2009)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de setiembre de 2009

c) Desarrolla la evaluacion tecnica y financiera de los proyectos, verificando que corresponde al ambito de la competencia a nivel del gobierno y a los estandares del SNIP, cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo. d) Prepara y presenta la lista de proyectos que superaron la evaluacion tecnica. e) Informa a los agentes participantes la asignacion presupuestaria disponible para el desarrollo del proceso. f) Sistematiza la informacion y elabora los instrumentos normativos y tecnicos que requiera el proceso. Articulo 4º.- Responsabilidad de Convocatoria Los miembros del Equipo Tecnico deberan convocar a sus reuniones a los representantes designados por las Municipalidades Provinciales para ser parte de este proceso; ademas de convocar a un representante de las organizaciones de Base para que se integre al Equipo Tecnico; el mismo que debe ser elegido por la asamblea del Presupuesto Participativo 2010; siendo responsables solidarios de la Convocatoria arriba detallada. La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. JEISTER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de agosto del dos mil nueve POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 396254-3

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban Reglamento de Autorizacion y Supervision del Adolescente que Trabaja en el Distrito de Independencia
ORDENANZA Nº 0183-MDI Independencia, 30 de junio de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza sobre Reglamento de Autorizacion, Registro y Supervision del Adolescente que Trabaja en el Distrito de Independencia; y, CONSIDERANDO: Que, nuestra Constitucion Politica en su articulo 2º, numerales 1 y 2, establece que toda persona tiene

derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica, fisica, a su libre desarrollo, bienestar y a no ser discriminado por ninguna indole; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, y articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que es finalidad de los Gobiernos Locales representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su jurisdiccion; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes, senala que en toda medida concerniente al MORDAZA y al adolescente que adopte el Estado a traves de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demas instituciones, asi como en la accion de la sociedad, se considerara el MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y Adolescente, asi como el respeto a sus derechos; Que, el articulo 22° de la Ley Nº 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes, prescribe que el adolescente que trabaja sera protegido en forma especial por el Estado. El Estado reconoce el derecho de los adolescentes a trabajar, con las restricciones que impone dicho Codigo, siempre y cuando no exista explotacion economica y su actividad laboral no importe riesgo o peligro, o afecte su MORDAZA educativo o sea nocivo para su salud o para su desarrollo, fisico, mental, espiritual, moral o social; Que, de conformidad con el articulo 42° del cuerpo de leyes referido, la Defensoria del MORDAZA y Adolescente es un servicio de Sistema de Atencion Integral que funciona en los Gobiernos Locales, cuya finalidad es promover y proteger los derechos que la legislacion reconoce a los adolescentes; Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes en sus articulos 49º, 50º y 52º regula que los adolescentes requieren autorizacion para trabajar, salvo en el caso de trabajador familiar no remunerado; estableciendo competencia municipal para los casos de trabajadores domesticos, estableciendo competencia municipal para los casos de trabajadores domesticos o por cuenta propia o independiente, y la proteccion del adolescente trabajador corresponde al MIMDES en forma coordinada con los sectores Trabajo, Salud, Educacion, asi como a los Gobiernos Regionales y Municipales; Que, el literal b) del articulo 52° del mismo cuerpo de leyes, refiere que es competencia de las Municipalidades Provinciales y/o Distritales, inscribir, autorizar y supervisar el trabajo de los adolescentes dentro de su jurisdiccion, estan incluidos en dicha competencia los trabajadores domesticos, por cuenta propia o en forma independiente; Que, es politica de la actual Administracion promover el desarrollo integral de nuestro distrito, sin exclusion alguna, teniendo en consideracion que los ninos, ninas y adolescentes son sujetos de derecho; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, debatido en el Pleno del Concejo y, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el pleno del Concejo Municipal aprobo por Mayoria la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE AUTORIZACION, REGISTRO Y SUPERVISION DEL ADOLESCENTE QUE TRABAJA EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto establecer las disposiciones para la autorizacion, registro y