Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2009 (07/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2009

Administracion Tributaria ­ SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo No. 501, modificado por el articulo 1° de la Ley No. 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administracion de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP. Que, mediante los incisos a), b) y c) del articulo 4° del reglamento de la Ley No. 27334, aprobado por el Decreto Supremo No. 039-2001-EF, la SUNAT proporcionara al ESSALUD y ONP, segun corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer parrafo del articulo 5° y del articulo 12° del Decreto Supremo No. 039-2001-EF, establece que la administracion de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripcion y/o declaracion de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distincion del periodo tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboracion y aprobacion de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha funcion. Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 6° de la Ley 27986-Ley de Trabajadores del Hogar, establece que los trabajadores del hogar deberan extender MORDAZA de los pagos que realicen, lo cual servira como prueba del otorgamiento de la remuneracion. Que, el articulo 10° de la Resolucion de Superintendencia 191-2005/SUNAT establece que la SUNAT podra dar de oficio la baja de inscripcion del trabajador del hogar en el registro, cuando presuman en base a la informacion que consta en sus registros o cuando determine en el ejercicio de su facultad de fiscalizacion, que no existe relacion laboral que genere obligaciones tributarias. Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 333-2009/SUNAT-2M0200, cuyos fundamentos se reproducen, se ha establecido que no se ha demostrado el otorgamiento de la remuneracion, uno de los elementos principales que acreditan la relacion laboral entre la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (empleadora) y la senora MORDAZA MORDAZA EUDONIA MORDAZA (trabajadora del hogar), condicion normada en el articulo 6° de la Ley 27986 - Ley de Trabajadores del Hogar; y, Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y normas modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM, la Resolucion de Superintendencia Nº 1902002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplia las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2001-EF y normas modificatorias. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la baja de oficio por el periodo fiscalizado comprendido de junio 2007 a octubre 2007 en el: a) Registro de Entidades Empleadoras del Hogar: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social, a la contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con RUC N° 10413872141. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD, asi como para efectos del Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, a la senora MORDAZA MORDAZA EUDONIA MORDAZA con DNI Nro 02664072. Registrese, notifiquese y comuniquese. WILDER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Regional Intendencia Regional MORDAZA 344443-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de MORDAZA e Ica
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 090-2009/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2009 Visto el Expediente Nº 058-2009/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 173 872,40 m², ubicado sobre ladera y cima del cerro denominado MORDAZA, al Norte de la Habilitacion Semi MORDAZA Huertos de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de naturaleza eriaza de 173 872,40 m², ubicado sobre ladera y cima del cerro denominado MORDAZA, al Norte de la Habilitacion Semi MORDAZA Huertos de San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 20 de octubre de 2008, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza, presenta un suelo de textura arenosa con afloramiento rocoso y de topografia accidentada ya que esta conformado por ladera y cima de cerro; Que, mediante Informe Tecnico Nº 1271-2009SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 16 de febrero de 2009, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI - Sede MORDAZA, senala que el predio en consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecia informacion con antecedentes registrales; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 173 872,40 m², de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de