Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2009 (17/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

Registrese, notifiquese1 y comuniquese a la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion para los fines pertinentes. MORDAZA MORDAZA IANNACONE MORDAZA Intendente Regional Intendencia Regional MORDAZA

a) Registro de Entidades Empleadoras al contribuyente BLASCONS S.A. identificado con RUC Nº 20193087231, responsable de las aportaciones a la Seguridad Social; por los periodos enero 2005 hasta diciembre 2005. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante ESSALUD a las siguientes personas:
Datos de la persona dada de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ortiga MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Collas MORDAZA MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA del MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA 01/01/2005 MORDAZA MORDAZA 01/01/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 31/12/2005 Del Al Periodos a dar de baja

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Conforme al articulo 2° de la Ley Nº 29135, la presente Resolucion podra ser impugnada de acuerdo a Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley Nº 27444.

372578-1 RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 024-024-0006756/SUNAT
MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2009 VISTO el resultado de la fiscalizacion de tributos laborales: Essalud (5210), O.N.P. (5310) y Renta 5ta. Categoria (3052) efectuada al contribuyente BLASCONS S.A., con RUC 20193087231, debidamente representado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI 06720755 y con domicilio fiscal en Pasaje 27 de Noviembre N° 121, Distrito de Brena, Provincia de MORDAZA, Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el articulo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modificado por el articulo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administracion de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del articulo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionara al ESSALUD y ONP, segun corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer parrafo del articulo 5° y del articulo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administracion de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripcion y/o declaracion de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distincion del periodo tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboracion y aprobacion de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha funcion; Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 042-2009-SUNAT/2I0306 cuyos fundamentos se reproducen, en aplicacion de la Ley N° 26790 ­ Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 ­ Ley de Productividad y Competitividad y del Decreto Ley N° 19990 ­ Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, se ha determinado que el contribuyente BLASCONS S.A., con RUC 20193087231, segun los Resultados de los Requerimientos: 0221070002193 y 0222070005705 no acredita documentaria y fehacientemente contar con trabajadores a su cargo con vinculacion laboral; asimismo, no acredita realizar actividad economica alguna. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 Ley General de la SUNAT y normas modificatorias y complementarias, el inciso a) del articulo 15º y los incisos c) y p) del Art. 49º de Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado mediante el articulo 1º del Decreto Supremo N° 115-2002-PCM de fecha 23 de octubre del 2002, Resoluciones de Superintendencia N° 190-2002/SUNAT de fecha 31 de diciembre de 2002, Nº 234-2008/SUNAT de fecha 29 de diciembre del 2008 y Resolucion de Superintendencia Nacional de Tributos Internos N° 034-2006/SUNAT de fecha 27 de septiembre del 2006; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la baja de oficio en el:

N° Orden 01 02 03 04 05 06 07 08 09

DNI N° 06720755 06733348 07630454 41300937 42164851 42881371 06748333 07288346 07636459

Registrese, notifiquese1 y comuniquese a la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion para los fines pertinentes. MORDAZA MORDAZA IANNACONE MORDAZA Intendente Regional Intendencia Regional MORDAZA

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Conforme al articulo 2° de la Ley Nº 29135, la presente Resolucion podra ser impugnada de acuerdo a Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley Nº 27444.

372578-2 RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 024-024-0006755/SUNAT
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2009 VISTO el resultado de la fiscalizacion de tributos laborales: Essalud (5210), O.N.P. (5310) y Renta 5ta. Categoria (3052) efectuada al contribuyente BLASCONS S.A., con RUC 20193087231, debidamente representado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI 06720755 y con domicilio fiscal en Pasaje 27 de Noviembre N° 121, Distrito de Brena, Provincia de MORDAZA, Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el articulo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modificado por el articulo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administracion de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del articulo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionara al ESSALUD y ONP, segun corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer parrafo del articulo 5° y del articulo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administracion de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripcion y/o declaracion de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distincion del periodo tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboracion y aprobacion de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha funcion; Que, de la fiscalizacion efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 040-2009-SUNAT/2I0306 cuyos fundamentos se reproducen, en aplicacion de la Ley N° 26790 ­ Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, del Texto