Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2008 (12/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de febrero de 2008

f) Las personas naturales o juridicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitacion temporal o permanente; g) Las personas juridicas cuyos socios, accionistas, participacionistas o titulares hayan formado parte de personas juridicas sancionadas administrativamente con inhabilitacion temporal o permanente, o que habiendo actuado como personas naturales se encontraran con los mismos tipos de sancion; y, h) La persona natural o juridica que MORDAZA participado como tal en la elaboracion de los estudios o informacion tecnica previa que da origen al MORDAZA de seleccion y sirve de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervision. En los casos a que se refieren los incisos b), c) y d) el impedimento para ser postor en un MORDAZA de seleccion para el arrendamiento, se restringe al ambito de la jurisdiccion de la Municipalidad. Los contratos celebrados en contravencion de lo dispuesto por el presente articulo son nulos sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar. Articulo 17º.- Arrendamiento Directo. El Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, mediante la pagina Web de la entidad invitara a los postores interesados a participar en el MORDAZA para dar en arrendamiento directo los predios administrados por la Municipalidad, siempre que la renta anual a devengarse no sea superior a las 20 UIT. Este MORDAZA no debera tener una duracion mayor de 2 dias. Los contratos de arrendamiento deberan ser remitidos al Concejo para su aprobacion por Acuerdo de Concejo en un plazo MORDAZA de 15 dias habiles, contados a partir de la culminacion de los procedimientos administrativos a que se refiere la presente norma. Los contratos que no MORDAZA aprobados por el Concejo Municipal no surtiran efectos y devienen en inexigibles. Articulo 18º.- Arrendamiento por Adjudicacion Selectiva. El Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, puede dar en arrendamiento por Adjudicacion Selectiva los predios Administrados por la Municipalidad, siempre que la renta anual a devengarse no supere las 40 UIT. Los contratos de arrendamiento deberan ser remitidos al Concejo para su aprobacion por Acuerdo de Concejo en un plazo MORDAZA de 15 dias habiles, contados a partir de la culminacion de los procedimientos administrativos a que se refiere la presente norma. Los contratos que no MORDAZA aprobados por el Concejo Municipal no surtiran efectos y devienen en inexigibles. Articulo 19º.- Arrendamiento por Concurso. El Comite de Gestion Patrimonial de la entidad puede dar en arrendamiento por Concurso, los predios Administrados por la Municipalidad, siempre que la renta anual a devengarse supere las 40 UIT. Los contratos de arrendamiento deberan ser remitidos al Concejo para su aprobacion por Acuerdo de Concejo en un plazo MORDAZA de 15 dias habiles, contados a partir la de culminacion de los procedimientos administrativos a que se refiere la presente norma. Los contratos que no MORDAZA aprobados por el Concejo Municipal no surtiran efectos y devienen en inexigibles. Articulo 20º.- Procedimiento de seleccion del arrendatario. El Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, es competente entre otras, a fin de seleccionar al arrendatario que obtenga la buena pro, para: a. Elaborar las Bases para el MORDAZA de seleccion. b. Convocar al MORDAZA de seleccion. c. Absolver las consultas planteadas por los interesados. d. Recepcionar las propuestas presentadas y proceder a su evaluacion. e. Otorgar la Buena Pro de acuerdo a lo estipulado por las bases. f. Declarar desierto el MORDAZA en caso de que ningun postor se presentase. g. Consultar o proponer las modificaciones de las caracteristicas tecnicas y el valor referencial.

h. Todo acto necesario para el desarrollo del MORDAZA de seleccion hasta el consentimiento de la buena pro, y la suscripcion del contrato respectivo. Articulo 21º.- Plazo en los procedimiento de seleccion. En los Procedimiento de seleccion de Arrendamiento por Adjudicacion Selectiva, el plazo entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas para la buena pro no sera mayor de 5 dias. En los Procedimiento de seleccion de Arrendamiento por Concurso Publico, el plazo entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas para la buena pro no sera menor de 10 dias. Articulo 22º.- Convocatoria, MORDAZA de Consultas e inscripcion de participantes. El Comite de Gestion Patrimonial de la entidad a fin de seleccionar al arrendatario, convocara el MORDAZA de seleccion correspondiente a traves de la pagina Web, de la Municipalidad. La convocatoria debera contener obligatoriamente lo siguiente: 1) La identificacion, domicilio y RUC de la Municipalidad; 2) La identificacion del MORDAZA de seleccion; 3) La indicacion de la modalidad de seleccion, de ser el caso; 4) La descripcion basica del inmueble objeto del proceso; 5) El valor comercial de la renta anual de arrendamiento, como monto referencial; 6) El lugar y la forma en que se realizara la inscripcion o registro de participantes; 7) El costo del derecho de participacion; 8) El calendario del MORDAZA de seleccion. Los participantes podran inscribirse desde el dia siguiente de la convocatoria hasta un dia MORDAZA de las presentaciones de propuestas, estando impedidos de participar, ademas de los establecidos en el articulo 29º de la presente Ordenanza y los senalados en las normas vigentes, aquellos que tengan o hayan tenido procesos judiciales en contra del Municipio. Para registrarse, la persona natural o juridica que solicite participar, debera consignar un domicilio y una direccion de correo electronico activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en la Ordenanza, deban realizarse. A traves de las consultas, los participantes podran solicitar la aclaracion de cualquiera de los extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto de ellas. Efectuadas las consultas por los participantes, el Comite debera absolverlas de manera fundamentada y sustentada, cualquiera fuera su respuesta, mediante un pliego absolutorio que debera contener la identificacion de cada participante y la respuesta del Comite para cada consulta presentada. El mencionado pliego debera ser notificado a los participantes. Articulo 23º.- MORDAZA de las Propuestas, evaluacion y otorgamiento de Buena Pro Los postores en el lugar, dia y hora de acuerdo a lo establecido en las Bases presentaran sus propuestas, El Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, evaluara las propuestas economicas, asi como las mejoras que proponga el postor, para tal fin, este debera cuantificarlas; el Comite otorgara la Buena Pro a la mejor propuesta presentada. Otorgada la buena pro por el Comite de Gestion Patrimonial de la Municipalidad, comunicara el resultado en la pagina Web del Municipio, elevando todos los actuados al Concejo Municipal para su respectiva aprobacion, conforme a los articulos 17º, 18º y 19º. Articulo 24º.- Solucion en caso de empate En el supuesto que dos (2) o mas propuestas obtengan el mismo puntaje, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuara a traves de sorteo publico, el cual se llevara a cabo en el mismo acto, o utilizando cualquier otro mecanismo previamente establecido por el Comite en las Bases del proceso. Articulo 25º.- Notificacion del acto de otorgamiento de la Buena Pro.