Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2007 (16/07/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349155

Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, asi como las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Decimosetimo.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 84445-1

aprobado mediante Acuerdos de Consejo Directivo Nº 6222-ESSALUD-2006 y 63-22-ESSALUD-2006; Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Contabilidad, a traves de la Sub Gerencia de Cobranzas y Transferencias adopten las acciones pertinentes a fin de que las Redes asistenciales cumplan con difundir e implementar en su totalidad el Regimen Especial de Facilidades de Pago y el Regimen Excepcional de Cumplimiento de Pago, dando cuenta a la Gerencia Central de Finanzas para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Finanzas ­ OGA (e) 84431-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SEGURO SOCIAL DE SALUD
Amplian vigencia de Reglamentos del Regimen Especial de Facilidades de Pago y del Regimen Excepcional de Cumplimiento de Obligaciones
RESOLUCION DE LA GERENCIA CENTRAL DE FINANZAS N° 037-GCF-OGA-ESSALUD-2007 MORDAZA, 25 de junio del 2007 VISTA: La Carta N° 888 - GC-GCF-OGA-ESSALUD-2007 y el Informe Tecnico, mediante la cual la Gerencia de Contabilidad, solicita ampliar excepcionalmente hasta el 31 de diciembre del 2007 la vigencia del Regimen Especial de Facilidades de Pago y el Regimen Excepcional de Cumplimiento de Obligaciones, aprobados mediante los Acuerdo de Consejo Directivo Nº 62-22-ESSALUD-2006 y 63-22-ESSALUD-2006 , y ; CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de diciembre del 2006 se publico en el Diario Oficial El Peruano, los Acuerdos de Consejo Directivo N°s 62-22-ESSALUD-2006 y 63-22-ESSALUD2006, los mismos que aprobaron el Reglamento del Regimen Especial de Facilidades de Pago y el Reglamento del Regimen Excepcional de Cumplimiento de Pago, respectivamente, para deuda no tributaria de empleadores morosos; Que, en los citados Reglamentos, se establece que transcurrido el plazo de seis meses de vigencia del Regimen Especial de Facilidades de Pago y el Regimen Excepcional de Cumplimiento de Pago, la Gerencia Central de Finanzas, en merito de la evaluacion de la ejecucion de los mismos, se encuentra facultado a determinar la continuidad o no de los ellos; Que, de la evaluacion y justificacion realizada por el area tecnica de la Gerencia Central de Finanzas se concluye que subsiste la necesidad de una prorroga excepcional en la vigencia del Regimen Especial de Facilidades de Pago y Regimen Excepcional de Cumplimiento de Obligaciones, con el proposito de que las entidades empleadoras morosas a nivel nacional que mantienen adeudos no tributarios de naturaleza publica con EsSalud puedan cumplir con sus obligaciones; En uso de las atribuciones y facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar excepcionalmente hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de los Reglamentos del Regimen Especial de Facilidades de Pago y del Regimen Excepcional de Cumplimiento de Obligaciones

Exoneran de concurso publico la contratacion del servicio de transmision de voz y datos-red interdepartamental
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 421-PE-ESSALUD-2007 MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2007 VISTAS : La Carta Nº 286-OCOI-ESSALUD-2007 de la Oficina Central de Organizacion e Informatica, el Informe Tecnico que sustenta la exoneracion para la contratacion del servicio de transmision de voz y datos ­ Red Interdepartamental, la cual se encuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del ano 2007; el Informe Legal Nº 219-OCAJ-ESSALUD2007 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Entidad a efectos de cumplir con sus prestaciones a sus asegurados y sus derechohabientes cuenta con una tecnologia informatica que ayuda a mejorar su gestion y estandarizacion de sus procesos, siendo uno de sus principales aspectos el ambito de telecomunicaciones, que entre otros se encuentran las Redes de voz y datos de area extendida o Red WAN (Interconexion de las dependencias de ESSALUD); Que, de acuerdo al Informe Tecnico de fecha 13 de junio del 2007, el objetivo de la Red WAN es contar con un sistema integral de transmision de datos a nivel institucional, que permita poseer una administracion centralizada y funcional, dandose el soporte tecnico en forma inmediata. Asimismo, el manejo de la informacion es flexible y confiable, a traves del Centro de Gestion y sobre todo con tecnologia estandarizada para todas las dependencias de ESSALUD, siendo esta MORDAZA condicion, sujeta a las facilidades tecnicas de los diversos operadores y las tecnologias disponibles en las localidades donde se encuentren las dependencias de ESSALUD; Que, la Red de voz y datos de area extendida o Red WAN, cuenta con tres niveles claramente definidos: i) Red WAN Lima; ii) Red WAN Interdepartamental (Sede Central hacia las Sedes Administrativas de las Redes Asistenciales), y iii) Red WAN Intradepartamental (Sedes Administrativas de las Redes Asistenciales hacia sus Centros Asistenciales a nivel de provincia); Que, en el caso del servicio de la red de transmision de voz y datos o Red WAN Interdepartamental, este cuenta con un Centro de gestion instalado en el Centro de Computo de la Sede Central, desde el cual se monitorea en linea el estado de conexion de las Redes Asistenciales a nivel nacional y se maneja con un tiempo MORDAZA de solucion de averias de dos (2) horas desde el momento del reporte de problema; Que, actualmente, segun el Informe Tecnico, de fecha 13 de junio del 2007, el servicio de transmision de voz y