Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- FIJAR en S/. 243.75 (Doscientos cuarenta y tres y 75/100 Nuevos Soles), el monto de Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA Imperial por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de cuatro (4) Sesiones al mes, monto equivalente al 30% de la remuneracion del senor Alcalde. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48670-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO MUNICIPAL N° 026-2007-MDS Socabaya, 26 de marzo de 2007 VISTO: Lo tratado en Sesion de Concejo Extraordinaria N° 004-2007-MDS de fecha 23 de marzo del 2007. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 19 inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM, estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas conforme a ley. Que, la Oficina encargada del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad, mediante Informe Nº 022-2007PVL-MDS, de fecha 19 de marzo del 2007, manifiesta que al haber tomado conocimiento de la Resolucion de Alcaldia Nº 110-2007-MDS de fecha 16 de marzo, que declaro la nulidad de Oficio de los actuados administrativos seguidos por el Comite Especial designado, en el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2007-CEPVL-MDS, situacion que implicaria un desabastecimiento inminente, en la normal distribucion de los insumos del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de marzo y MORDAZA, dado que no se cuenta con los insumos necesarios y teniendo en consideracion la demora en el cumplimiento de los plazos para llevar a cabo un MORDAZA MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica, por lo que sugiere la adopcion de las acciones administrativas necesarias, tendientes a cumplir con las raciones a los 3,543 beneficiarios del distrito de Socabaya dentro del plazo oportuno. Que, mediante Informe Nº 014-2007-MDS-DSA emitido por la Direccion de Servicios Administrativos, hace de conocimiento la imperiosa necesidad de contar con insumos del PVL para los meses de marzo y MORDAZA del presente, por lo que sugiere la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causal de desabastecimiento inminente, dado la nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2007-CE-PVL-MDS; para cuyo efecto es necesario la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion por causal del inminente desabastecimiento del suministro de Leche Evaporada

entera, Hojuelas de Quinua MORDAZA, Kiwicha y Alimento enriquecido lacteo, para atender el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Socabaya, conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente acuerdo, hasta por el monto de S/. 67,671.30 (sesenta y siete Mil seiscientos setenta y uno y 30/100 nuevos soles), lo que permitira la compra de de 14,172 tarros de leche evaporada entera por 410 ml., 1771.50 Kg.de Hojuelas de Quinua MORDAZA Kiwicha por 250 gr. y 7086.00 Kg. De alimento enriquecido lacteo por 1kg., contando con la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; exoneracion por el plazo de 2 meses (mazo y abril), lapso de tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica. Que, asimismo, mediante Informe Nº 135-2007UPTO-MDS, emitido por la Unidad de Planificacion y Presupuesto de la Municipalidad, senala la existencia de la disponibilidad presupuestal, requerida en la declaracion de desabastecimiento inminente, con la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, por lo que resulta de suma necesidad la aprobacion de la exoneracion de MORDAZA de seleccion por causal de desabastecimiento inminente para la adquisicion de insumos del PVL, correspondiente a los meses de marzo y abril. Que, segun lo dispuesto por el articulo 21 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que le corresponda. Asimismo senala la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Que, conforme lo estipula el Art. 141 del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 084-2004-PCM la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 21 de la Ley, debiendo la necesidad de los bienes, servicios u obras ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso de tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion. Que, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta institucional. Por estas consideraciones y estando al acuerdo adoptado por Unanimidad por el Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria N° 004-2007-MDS de fecha 23 de marzo del 2007; estando a los informes 014-2007 emitido por la Direccion de Sistemas Administrativos, Informe Nº 135-2007 emitido por la Oficina de Planificacion y Presupuesto e Informe Nº 61-2007 emitido por la Oficina de Asesoria Legal, y en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley Nº 27972; SE ACORDO: Primero.- AUTORIZAR al Despacho de Alcaldia la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causal de