Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2006 (21/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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LICA DEL P E

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326670

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 21 de agosto de 2006

Confirman Acuerdo que desestimo pedido de vacancia del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Salcambamba, provincia de Tayacaja
RESOLUCION Nº 1314-2006-JNE

Expediente Nº 223-2005 14 de agosto de 2006 Visto el escrito de fecha de recepcion 14 de noviembre de 2005, presentado por el ciudadano don MORDAZA de la MORDAZA Revollar, por el que solicita a este Supremo Tribunal Electoral, se requiera a don MORDAZA MORDAZA Revollar, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Salcambamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, remita el expediente de vacancia del cargo de MORDAZA de dicha jurisdiccion, conteniendo el recurso de apelacion que interpusiera con fecha 19 de octubre de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 12075-004 del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, de fecha 12 de MORDAZA de 2005 , se corrio traslado del expediente de vacancia del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Salcambamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica al citado Concejo Municipal, por la causal prevista en el numeral 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, para que emita pronunciamiento conforme a los alcances de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Carta Nº 05-2005, MDS-T-HVCA, de fecha de recepcion 13 de septiembre de 2005, don MORDAZA MORDAZA Revollar comunica al MORDAZA Nacional de Elecciones que, en sesion extraordinaria de fecha 20 de junio de 2005, con el MORDAZA unanime del Concejo se desestimo el pedido de vacancia formulado por el ciudadano MORDAZA de la MORDAZA Revollar, acompanando la documentacion correspondiente; Que, en atencion al escrito de visto, se solicito informacion a la Municipalidad Distrital de Salcambamba mediante Oficio Nº 258-2006-SG/JNE, el mismo que merecio respuesta con Oficio Nº 025-2006-MDS-T, de fecha 6 de febrero del ano en curso, en el que el MORDAZA manifiesta que no obra recurso impugnatorio alguno presentado dentro del termino legal establecido; Que, MORDAZA de la MORDAZA Revollar presenta en autos copias simples de supuestos recursos de reconsideracion y apelacion, los cuales carecen de sello de recepcion alguno que, acrediten haber sido presentados formalmente ante el Concejo Municipal, por lo que de modo alguno pueden desvirtuar la informacion de caracter oficial contenida en el oficio acotado en el parrafo precedente, este colegiado no tiene materia sobre la cual pronunciarse, deviniendo en improcedente lo solicitado por el recurrente; Que, por otro lado, mediante Oficios Nºs. 170, 481 y 692-2006-MP-FPM-TAYACAJA, el fiscal provincial de Tayacaja solicita al MORDAZA Nacional de Elecciones se le remita los documentos contenidos en autos y que fueran remitidos por la Municipalidad distrital de Salcabamba, para los efectos de la investigacion que se viene realizando contra MORDAZA de la MORDAZA Revollar por el delito Contra la fe Publica, por lo que debe cumplirse con lo solicitado; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral con arreglo a lo previsto en el inciso a) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE lo solicitado por don MORDAZA de la MORDAZA Revollar mediante el

escrito de fecha de recepcion 14 de noviembre de 2005, y en consecuencia confirmar el Acuerdo adoptado en sesion extraordinaria de fecha 20 de junio de 2005, por el que se desestimo el pedido de vacancia del cargo de MORDAZA Municipalidad Distrital de Salcambamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica. Articulo Segundo.- Disponer se remita la documentacion solicitada por el Ministerio Publico mediante los oficios senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 01238-7

Dejan sin efecto credenciales de MORDAZA y Regidores provisionales del Concejo Distrital de Punos, provincia de Huamalies
RESOLUCION Nº 1316-2006-JNE

Expediente Nº 1042-2006 MORDAZA, 16 de agosto de 2006 VISTO, el escrito presentado por don MORDAZA Bajonero MORDAZA, quien fuera suspendido en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Punos, provincia de Huamalies, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1197-2006-JNE del 28 de junio de 2006, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones convoco a don Jilmer MORDAZA MORDAZA como MORDAZA Provisional y a MORDAZA Estalin MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tocto como Regidores Provisionales del Concejo Distrital de Punos, provincia de Huamalies, departamento de MORDAZA, durante el tiempo de suspension del cargo de MORDAZA y Regidor, respectivamente, de los senores MORDAZA Bajonero MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido al mandato de detencion dictado en su contra por el Juzgado Mixto de Huamalies, otorgandoseles en consecuencia las credenciales correspondientes; Que, con fecha 3 de MORDAZA el suspendido MORDAZA presento ante esta institucion MORDAZA legalizada por Notario Publico de los Incidentes Nºs. 183 y 182-2006 del 15 y 21 de junio del 2006 respectivamente, que corren a fojas 38 a 41, expedidos por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por los cuales se revoca el mandato de detencion fijando comparecencia restringida a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bajonero MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Leon; asimismo, mediante Oficio Nº 358406-2SPS-HN/PJ de fecha 17 de MORDAZA de 2006, la Presidente de la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA remite copias certificadas de las citadas resoluciones, las mismas que obran de fojas 52 a 58; Que, habiendo concluido el mandato de detencion, conforme lo dispone el articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, don MORDAZA Bajonero MORDAZA reasume sus funciones de MORDAZA del Concejo Distrital de Punos, en forma automatica e inmediata, sin requerir pronunciamiento alguno del Concejo Municipal, ocurriendo lo mismo con las Regidoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Leon;