Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2005 (30/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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(30) dias calendario al plazo de 45 dias calendario establecido en el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 187-2005-JUS; Que, por las razones expuestas en la citada acta y lo solicitado en el Oficio Nº 007-2005-JUS/CET, por la Presidenta de dicha Comision Especial de Trabajo, resulta justificado y procedente otorgar la ampliacion de plazo para la elevacion del Informe Final al Despacho Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar en treinta (30) dias calendario el plazo establecido en el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 187-2005-JUS, para que la Comision Especial de Trabajo encargada de elaborar un Plan Integral de Salud para los internos que se encuentran recluidos en los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional, eleve el correspondiente Informe Final al Despacho Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09979

Que, del Informe Especial Nº 005-2003-INPE-05.03, de fecha 14 de febrero de 2003, de la Oficina de Auditoria General del Instituto Nacional Penitenciario, se evidencia que ante la oficina de Recursos Humanos de dicha institucion, un ex servidor del Area de Transportes de la Sede Central, presento un cerificado medico supuestamente falsificado con el fin de justificar 2 dias de inasistencia; Que, mediante Oficio Nº 304-2005-INPE/01 de fecha 6 de MORDAZA de 2005, la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario remitio a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Informe Nº 135-2005-INPE/06 de fecha 12 de MORDAZA de 2005 de la Oficina General de Asesoria Juridica del INPE con la documentacion sobre los indicios de comision de delito a efectos de que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones legales; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09981

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 244-2005-JUS MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 1254-2005-JUS-PPMJ, de fecha 6 de MORDAZA del 2005, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

LA DIRECCION